Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.089
Sancionada: 4-1-95
Promulgada: 17-1-95
Publicada: 10-2-95
Artículo 1: Agrégase el art. 149 bis al tit. XXIII, cap. I, De las elecciones municipales, de la ley 165 y su modificatoria.
"Artículo 149 bis: Los candidatos a intendente no electos de las listas oficializadas que obtuvieran cargos de concejales, tendrán opción a encabezar la nómina de concejales electos, produciendo un corrimiento hacia abajo en el orden original."
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.