Circular Nº 05-08

Martes, 13 de Julio de 2010 07:48
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Tema: Modificación Reglamento de Comisiones Oficiales y Viáticos

 

La Administración General del Poder Judicial lleva a conocimiento de Magistrados, Funcionarios y Empleados las modificaciones dispuestas recientemente al Reglamento de Comisiones Oficiales y Viáticos, según el siguiente detalle: Se establece la siguiente escala de viáticos: Grupo I: monto del viático: 5 IUS; Grupo II: monto del viático: 4 IUS; Grupo III: monto del viático: 3 IUS.

Artículo 23

Escala de viáticos:

GRUPO I: Vocales, Fiscal y Defensor del Tribunal Superior de Justicia.

GRUPO II: Magistrados letrados, Fiscales y Defensores de Cámara, Administrador General, Auditor General, Secretarios del Tribunal Superior de Justicia y Auditores Adjuntos.

GRUPO III: Funcionarios no incluidos en los GRUPOS I y II, jueces de Paz, profesionales auxiliares permanentes y profesionales en comisión de servicio, en un todo de acuerdo a lo reglado en el artículo 3° de este Reglamento y los demás agentes no comprendidos en dichos grupos, pertenezcan o no a la planta de personal del Poder Judicial.

(Aprobado por Acuerdo Nº 4297 Punto VIII de fecha 04/08/08 y Acuerdo Nº 4312 Punto XLV de fecha 15/10/08)

Asimismo, se hace saber, que por cuestiones de economicidad y simplificación administrativa, mediante Resolución Nº 198-08 de Administración General se estableció el redondeo del valor diario para cada agrupamiento.

En consecuencia se resolvió fijar, a partir del 15/10/1008 la escala de viáticos, considerando el valor JUS vigente (Acuerdo Nº 4297 Punto VII, desde 01/08/08)