Jueves, 11 de Febrero de 2010 09:23
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Manzano Amargo: El TSJ convocó a referéndum de revocatoria de mandato del Presidente de la Comisión de Fomento

Así lo prevé el art. 312 de la Constitución de la Provincia

Atento a la presentación formulada por los pobladores de Manzano Amargo, el Tribunal Superior de Justicia resolvió remitir las actuaciones al Juzgado Electoral a fin de que se inicie el procedimiento constitucional previsto por el art. 312 de la Constitución Provincia de referéndum de revocatoria de mandato. 

La participación en este mecanismo de democracia semidirecta es obligatoria y tiene efecto vinculante si los votos favorables a la revocatoria superan el 50 por ciento de los inscriptos.

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