Lunes, 23 de Diciembre de 2013 10:30
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El TSJ aprobó los reglamentos para los Colegios de Jueces

A partir del trabajo de magistrados del fuero Penal y de la intervención de la Subsecretaría de Planificación del Poder judicial, los vocales del Tribunal Superior de Justicia aprobaron en el último acuerdo los reglamentos para los Colegios de Jueces de Primera Circunscripción Judicial y del Interior.

El Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial tendrá su sede en la ciudad de Neuquén y estará integrado por los jueces Penales con categoría administrativa MF3 de la misma circunscripción, exceptuando los magistrados establecidos en la Ley 2302. En la II, III, IV y V Circunscripción Judicial, estará integrado por los jueces Penales con categoría administrativa MF3 de dichas circunscripciones.

El reglamento del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción consta de 14 artículos en los que se detallan la integración del cuerpo, lineamientos de distribución de trabajo y subrogancias.  También se establece la separación de las funciones administrativa y jurisdiccional que hasta el momento se concentraban en los organismos jurisdiccionales y que a partir del 14 de enero se distribuirán entre este nuevo organismo y la Oficina Judicial. El primero, con los magistrados a la cabeza, se ocupará exclusivamente de las tareas jurisdiccionales, mientras que el segundo hará lo propio con las administrativas. Ambos organismos deberán colaborar entre si y trabajar de manera coordinada.

El reglamento aprobado mediante el punto 43 del acuerdo Nº 5088 del TSJ también marca el camino de cara a la implementación plena del nuevo Código Procesal Penal, a partir del 14 de enero, y en el último punto del articulado fija las instrucciones de trabajo respecto de las causas tramitadas por el anterior Código de Procedimientos.

 

Interior

En el caso del reglamento para el Colegio de Jueces del Interior, la normativa plantea una distribución de las cargas de trabajo y de la competencia territorial en cuatro subsedes, una por cada Circunscripción. También crea un sistema de subrogancias y turnos que deberá coordinarse con la Oficina Judicial.

Entre los 16 puntos del articulado del reglamento para el Colegio de Jueces del Interior se prevé que las audiencias podrán realizarse por videoconferencia, salvo casos específicos como las de selección de jurados, control de acusación o juicio. Los jueces no podrán ser convocados a otras subsedes más de dos días por semana.

Los últimos dos artículos del reglamento plantean cláusulas transitorias para coordinar el trabajo con la Oficina Judicial respecto de los casos en trámite y para definir que, hasta tanto no se cubra el puesto de Juez de Ejecución Penal (pendiente del concurso 66 del Consejo de la Magistratura) asumirá  competencia el miembro del Colegio de Jueces que exprese su interés. En caso que eso no ocurra, se procederá al sorteo entre todos los integrantes.