Lunes, 17 de Febrero de 2014 23:17
Imprimir

Las licencias deberán gestionarse via mail

Asi lo dispuso el Tribunal Superior de Justicia, mediante Acuerdo N°5106 punto 19.-

Se establecieron dos mecanismos:

Procedimiento a)- destinado a quienes tienen asignada casilla de notificación electrónica (empleados del escalafon administrativo, magistrados y funcionarios)

Procedimiento b)-para aquellos que no la tienen –como el personal de servicios y maestranza.

Quedarán exceptuadas del procedimiento electrónico las licencias para cuya concesión sea necesario acompañar documentación ej: maternidad o duelo-

Asimismo, el personal de los  juzgados de paz que no posean conexion a internet.

El mecanismo “a)” prevé que las licencias sean solicitadas por el interesado, mediante la utilización del correo electrónico personal que tiene asignado y dirigida al superior jerárquico; este reenviará a la Superintendencia correspondiente el pedido indicando allí la opinión respecto a la concesión de la licencia.

El procedimientob), la gestión la hace el interesado en forma verbal, y el mail lo envía el superior jerárquico, certificando el pedido de licencia del agente.

Para uniformar los pedidos, se han aprobado los ANEXOS III, que estarán disponibles en la Página Web del Poder Judicial a fin de que sean utilizados con esos fines.
Los protocolos y anexos, se encuentran incorporados como anexos del resolutorio aludido en el link "Acuerdos Administrativos"

Asimismo, cualquier duda respecto a la instrumentación, deberá canalizarse a través de la casilla de correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla , o Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla