Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.390
Sancionada: 23-5-02
Promulgada: 4-6-02
Publicada: 21-6-02
Artículo 1°: Prorrógase por ciento ochenta (180) días el plazo establecido en la ley 2277 y sus modificatorias.
Artículo 2°: Aplícase, con efecto retroactivo, la prórroga establecida en el artículo anterior a partir del vencimiento del plazo otorgado por la ley 2376.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.