Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.435
Sancionada: 31-7-03
Promulgada: 15-8-03
Publicada: 29-8-03
Articulo 1º. Declarase municipio de primera categoría, con los alcances del articulo 185 de la Constitución provincial, a la población de San Patricio del Chañar, conforme al resultado del Censo Nacional de Población realizado en el año 2001.
Articulo 2º. El Poder Ejecutivo Provincial preverá las partidas presupuestarias que pudieran corresponder con motivo de la implementación de la presente ley.
Articulo 3º. Modificase el articulo 1º de la ley 535 y modificatorias, incluyéndose en el rango de primera categoría al municipio de San Patricio del Chañar.
Articulo 4º. Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.