Viernes, 10 de Diciembre de 2010 06:36
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Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 2.434

Sancionada: 31-7-03
Promulgada: 15-8-03
Publicada: 29-8-03

 

Articulo 1°. Modificase el articulo 5° de la ley 1880, que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 5°: Fijase para el personal comprendido en el Articulo 1°, entre las categorías HLL y HL4, ambas inclusive, un adicional por titulo que se otorgará mensualmente teniendo en cuenta el siguiente detalle:

Articulo 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.