Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.405
Sancionada: 12-9-02
Promulgada: 30-9-02
Publicada: 10-11-02
Artículo 1° Modifícase y ampliase el ejido municipal de Senillosa, el que quedara comprendido dentro de los siguiente límites: partiendo desde la intersección de la prolongación de la línea divisoria de los lotes oficiales 21 y 22, de la sección I, con el límite con la Provincia de Río Negro, se parte hacia el noroeste (NO) por la misma divisoria de los lotes oficiales 21, 22 y 20 y 23 de la sección I hasta el esquinero cuatripartito común de los lotes oficiales 20 y 23 de la sección I, y 18 y 19 de la sección II.
Desde aquí continuando hacia el nordeste (NE) por la divisoria de las secciones I y II hasta el esquinero cuatripartito común de lotes oficiales 19 y 20 de la sección I y lotes oficiales 15 y 18 de la sección II. Desde este punto hacia el noroeste (NO) por la divisoria común de los lotes oficiales 15, 18 y 16, 17 de la sección II, hasta encontrar la costa del lago Los Barreales. Se prosigue por la costa del lago Los Barreales hacia el noroeste (NO) hasta la divisoria de las secciones II y III, siguiendo por esta divisoria con rumbo sudoeste (SO) hasta encontrar el punto tripartito común a las secciones II, III y V. Desde este punto con dirección sudeste (SE) por la divisoria de las secciones II y V hasta encontrar el punto tripartito común a las secciones II, IV y V. Desde este punto con rumbo sudoeste (SO) por la divisoria de las secciones IV y V hasta encontrar el punto cuatripartito común de los lotes oficiales 11 y 14 de la sección V y los lotes oficiales 12 y 13 de la sección IV. Desde este punto con dirección sudeste (SE) por la divisoria de los lotes oficiales 12 y 13 de la sección IV hasta interceptar el lado B-C (norte) del lote A2 del expediente de mensura 2318-0862/82. Desde este punto se continúa en dirección sudoeste (SO) hasta el vértice "B" del mismo expediente de mensura. Luego hacia el sudeste (SE) hasta el vértice 1, común a los lotes C1 y C2 del mismo expediente de mensura. Desde aquí se continúa por la poligonal del lote C1 hasta el vértice "L"pasando por los vértices "J" y "K". Desde este punto se sigue con dirección nordeste (NE) hasta interceptar el límite con la Provincia de Río Negro. Desde aquí se continúa por el límite interprovincial con la Provincia de Río Negro hasta el punto de partida.
Todo esto abarca una superficie aproximada de ciento cuarenta y dos mil hectáreas (142.000 ha).
Artículo 2°: El municipio instrumentara los medios para el amojonamiento de su ejido, en los sectores que considere necesario y conveniente.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.