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 Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 2.304

Sancionada: 7-12-99
Promulgada: 21-12-99
Publicada: 31-12-99

Artículo 1: Modifícase el artículo 1º de la ley 1858, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1º: La Provincia del Neuquén adhiere a la ley nacional 23.753 y su decreto reglamentario 1271/98."

Artículo 2: Créase en la órbita de la Subsecretaría de Salud de la provincia del Neuquén una Comisión Asesora provincial Permanente para los Programas de Diabetes, la que abordará las normas de atención, en el marco del Programa nacional pertinente.

La mencionada Comisión nucleará tanto a los profesionales del Sistema de Salud Neuquino como así también a las sociedades científicas que en la materia existan en la Provincia.

Artículo 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.