Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.284
Sancionada: 5-8-99
Promulgada: 13-8-99
Publicada: 20-8-99
Artículo 1: Prorrógase por noventa (90) días el plazo establecido en el Artículo 15, apartado G, inciso 3), de la Ley 2265, el que comenzará a correr a partir del vencimiento previsto en la mencionada Ley.
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.