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Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 2.284

Sancionada: 5-8-99
Promulgada: 13-8-99
Publicada: 20-8-99

Artículo 1: Prorrógase por noventa (90) días el plazo establecido en el Artículo 15, apartado G, inciso 3), de la Ley 2265, el que comenzará a correr a partir del vencimiento previsto en la   mencionada Ley.

 Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.