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Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 2.278

Sancionada: 27-5-99
Promulgada: 16-6--99
Publicada: 25-6-99

Artículo 1: Créase en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Cutral Có, un (1) Juzgado Correccional.

Artículo 2: El organismo que por esta Ley se crea contará con la asistencia de una (1) Secretaría, afectándose a tal fin la actual Secretaria Correccional del Juzgado de Menores, Correccional y Leyes Especiales, la que con su titular y personal pasará a formar parte del Juzgado Correccional. 

Artículo 3:
El actual Juzgado de Menores, Correccional y Leyes Especiales ‑una vez desprendido de la competencia correccional de mayores‑ continuará funcionando como Juzgado de Menores, asistido por dos (2) Secretarias, una Tutelar‑Asistencial y otra Correccional. 

Artículo 4: Facúltase al Tribunal Superior de Justicia para determinar la fecha de implementación del Juzgado Correccional de Cutral Có.

Artículo 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo.