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Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

 Ley 2.748

Sancionada: 09-12-10

Promulgada: 30-12-10

Publicada: 21-01-11

 

Artículo 1°: Créase en el ámbito de la V Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Chos Malal una (1) Secretaría de Familia.

 

Artículo 2°: La Secretaría de la V Circunscripción Judicial, existente a la fecha de sanción de la presente Ley, pasará a tener competencia en materia Civil, Comercial, Laboral y de Minería.

 

Artículo 3°: Créase en la planta de personal permanente del Poder Judicial un (1) cargo de secretario de Primera Instancia para cumplir funciones en la Secretaría de Familia creada en la presente Ley.

 

Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con cargo al Presupuesto del Poder Judicial.

 

Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.