Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.211
Sancionada: 29-5-97
Promulgada: 6-6-97
Publicada:20-6-97
Artículo 1°: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a afectar los recursos provenientes de Coparticipación Federal de Impuestos, en pago de los servicios mensuales capital e intereses del préstamo otorgado por el Banco Hipotecario Nacional mediante Resolución 1066 a la Municipalidad de Cutral Có, denominado Acuerdo Especial de Financiación Nº C.E. 001/96, con destino a la obra “Pavimento urbano – cordón cuneta y conexiones cloacales por la suma de dólares Estadounidenses dos Millones Cuatrocientos Treinta y ocho mil cuatrocientos cuatro con sesenta y nueve centavos (U$S 2.438.404,69).
Artículo 2°: De conformidad con el compromiso asumido según el Acuerdo mencionado en el Artículo 1º de la presente, el Poder Ejecutivo Provincial debitará de la coparticipación Provincial Ley 2148 que le corresponde percibir al municipio, las sumas que la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación debite a la Provincia del Neuquén, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley y las Ordenanzas municipales 1614/96 y 1652/97.
Artículo 3°: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir la documentación necesaria y a efectuar los trámites correspondientes, a efectos de posibilitar lo establecido en los Artículos 1º y 2º de la presente Ley.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial y a la Municipalidad de Cutral Có.