Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.110
Sancionada: 6-4-95
Promulgada: 11-4-95
Publicada: 28-4-95
Artículo 1: Créase en la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Cutral Có, la Secretaria N º 2 en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería.
Artículo 2: El organismo que por esta ley se crea, entrará en funcionamiento cuando así lo disponga el Tribunal Superior de Justicia de la provincia, en función de las disponibilidades presupuestarias del Poder Judicial.
Artículo 3: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se imputarán al Presupuesto del Poder Judicial en el marco del Presupuesto General de la Provincia del Neuquén, correspondiente al ejercicio 1995.
Artículo 4: Comuníquese al Poder Ejecutivo