Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia del Poder Judicial
LEY Nº 2.773
Sancionada: 28-09-2011
Promulgada: 18-10-2011
Publicada: 04-11-2011
Artículo 1°: Declárase el día 24 de junio –Wiñoy Xipantv- como día no laborable para el pueblo mapuche de la Provincia del Neuquén, en conmemoración de su año nuevo.
Artículo 2°: Todos los habitantes de la Provincia que pertenecen al pueblo mapuche gozarán de dos (2) días corridos no laborables, a partir del día 23, para permitir la participación en las ceremonias correspondientes.
Artículo 3°: Los trabajadores que pertenecen al pueblo mapuche y no prestaren servicios en los días asignados por la presente Ley devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.