Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.668
Sancionada: 30-9-09
Promulgada: 19-10-09
Publicada: 6-11-09
Artículo 1°. Apruébase el Convenio marco ejecutor-Provincia, suscripto entre la Provincia del Neuquén y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento -ENOHSA-, con fecha 4 de febrero de 2009, por el cual la Provincia ingresa al Programa de agua potable y saneamiento para comunidades menores -PROAS- Préstamo BID Nº 1895/OC-AR.
Artículo 2º. Los recursos otorgados a la Provincia se fijarán para cada proyecto en los convenios complementarios que se suscriban oportunamente, definidos en las cláusulas cuarta y quinta del convenio marco y cuyos contenidos básicos se encuentran definidos en el reglamento operativo del programa.
Artículo 3º. Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a contraer préstamos con el ENOHSA, para la ejecución en el ámbito provincial de todas las acciones previstas en el Programa de agua potable y saneamiento para comunidades menores PROAS- Préstamo BID Nº 1895/OC-AR, hasta un monto de dólares quince millones (U$S 15.000.000).
Artículo 4º. Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a afectar las sumas a percibir por el Régimen de coparticipación federal de impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del acuerdo Nación-Provincias sobre la relación financiera y bases de un régimen de coparticipación federal de impuestos, como garantía de cumplimiento del endeudamiento que se autoriza por el artículo 3º de la presente ley, hasta el monto total del préstamo con más sus intereses y gastos.
Artículo 5º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.