Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.637
Sancionada: 11-12-08
Promulgada: 29-12-08
Publicada: 16-1-09
Artículo 1º. Desaféctase del carácter de dominio público el lote “U”, que según plano expediente 3796-1476/04 posee una superficie de 423,76 m2, e inscríbase en el dominio privado provincial a efectos de ser transferido al titular del lote 115.
Artículo 2º. Transfiérase por el titular de dominio del lote 115, el lote “X”, que según plano expediente 3796-1476/04 posee una superficie de 357,96 m2, a favor del titular del lote 114.
Artículo 3º. Transfiérase al dominio público provincial, por los titulares de dominio de los lotes 114 y 115 -en carácter de permuta-, el lote “W”, con una superficie de 67,65 m2, y el lote “Z”, con una superficie de 354,48 m2, resultando de ambos una superficie en compensación equivalente, con destino a espacio verde.
Artículo 4º. Efectuados que fueren los actos notariales determinados en los artículos 1º; 2º y 3º de la presente, tome conocimiento la Dirección Provincial de Catastro e Información territorial, a los fines de su actuación.
Artículo 5º. Tome intervención la Escribanía General de Gobierno en su parte pertinente.
Artículo 6º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.