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Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 2.626

Sancionada: 19-11-08
Promulgada: 5-12-08
Publicada: 19-12-08

Artículo 1°. Facúltase al Poder Ejecutivo provincial a adecuar el proyecto de obra del Ferrocarril Trasandino del Sur, financiado en el marco de la ley provincial 2505 y su modificatoria 2552, incorporando las obras referidas en el Anexo I de la presente ley.

Artículo 2°. Facúltase al Poder Ejecutivo provincial a adecuar el proyecto de obra “Provisión de agua para riego Plaza Huincul-Cutral Có-Challacó”, financiado en el marco de la ley provincial 2505 y su modificatoria 2552, con el objeto de ejecutar las obras referidas en el Anexo II de la presente ley.

Artículo 3°. Facúltase al Poder Ejecutivo provincial a adecuar el proyecto de obra “Canal Mari Menuco-Confluencia”, financiado en el marco de la ley provincial 2505 y su modificatoria 2552, incorporando las obras referidas en el Anexo III de la presente ley.

Artículo 4°. Facúltase al Poder Ejecutivo provincial a aplicar los fondos disponibles asignados por la ley 2505 y su modificatoria 2552, a aquellas obras licitadas, adjudicadas y/o en proceso de ejecución, afectadas en su presupuesto por mayores costos inflacionarios, en la medida necesaria para garantizar su continuidad y finalización, independientemente de su asignación por partidas de obras.

Artículo 5°. Facúltase al Poder Ejecutivo provincial a asignar las correspondientes partidas presupuestarias con cargo al tesoro provincial, con el objeto de financiar hasta su finalización al resto de las obras previstas en la ley 2505 y su modificatoria 2552.

Artículo 6°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Anexo I

1) Desarrollo de la infraestructura necesaria para la puesta en operación de la nueva playa de maniobras ferroviarias, ubicada a 9 km sobre la traza del Ferrocarril Trasandino del Sur.
2) Desarrollo de la infraestructura necesaria para la puesta en marcha y operación de la playa de transferencia de Cargas Ferro-automotor, proyecto ancla del sistema multimodal de transporte, ubicada de forma integrada a la nueva playa de maniobras ferroviarias.
3) Ejecución de infraestructura básica de desarrollo para la zona franca Zapala.
4) Ejecución de infraestructura básica de desarrollo para el Parque Industrial de Zapala.
5) Desarrollo del Programa de reconversión urbano ambiental en el predio de la actual playa de maniobras ferroviarias en el centro de la ciudad de Zapala.

Anexo II

1) Construcción de línea eléctrica en alta tensión (132 kv), energizada en media tensión (33 kv) para abastecer la impulsión de 0,6 m3/seg.
2) Extensión de los ramales de distribución para la provisión de agua para r i e g o de Plaza Huincul, Cutral Có y Challacó.

Anexo III

1) Construcción de un canal a cielo abierto a revestir con membrana de polietileno de alta densidad (PEAD) u hormigón armado, diseñado para transportar un caudal de 19 m3/seg y de una longitud de 5.000 m.
2) Construcción de una tubería de Policloruro de Vinilo (PVC) de diámetros variables de 1.80 m-1.85 m, para conducir por gravedad un caudal de 6 m3/seg y de una longitud de 15.800 m, enterrada y en terraplén, con la inclusión de obras de acceso para control y desagote.
3) Construcción de una línea eléctrica de 33 kv de 5.000 m de longitud paralela a la traza del canal y de una subestación transformadora.
4) Construcción de alambrado y forestación a lo largo de la traza del canal.
5) Construcción de obras complementarias de captación de la tubería de policloruro de vinilo (PVC).
6) Construcción de obras complementarias para control de caudales en el canal.
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