Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.619
Sancionada: 23-10-08
Promulgada: 10-11-08
Publicada: 21-11-08
Artículo 1º. Adhiérase la Provincia del Neuquén a lo dispuesto por la ley nacional 26.117, de promoción y regulación del microcrédito.
Artículo 2º. El Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia del Neuquén designará un (1) representante titular y uno (1) suplente para integrar el Comité asesor de la Comisión nacional de coordinación del programa de promoción de microcrédito para el desarrollo de la economía social, según lo estipulado en el artículo 9º de la ley nacional 26.117 y su decreto reglamentario 1305/06.
Artículo 3º. Quedan exentas de todo impuesto provincial las operaciones de microcrédito que se celebren en el marco de la ley nacional 26.117.
Artículo 4º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.