Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 2.325
Vetada totalmente mediante decreto 1575/00
Sancionada el: 13-7-00
Promulgada:
Publicada el: 26-1-01
Art. 1°. Modifícase el artículo 1° de la ley 1875, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1°. La presente ley tiene por objeto establecer, dentro de la política de desarrollo integral de la provincia, los principios rectores para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y los presupuestos mínimos ambientales a regir en todo el territorio de la provincia del Neuquén, sin perjuicio de las facultades derivadas de la autonomía municipal, pudiendo los municipios dictar las normas locales necesarias para complementarla. Estas normas municipales complementarias no podrán establecer menores exigencias ambientales que las establecidas por la presente o la normativa provincial que se dicte en consecuencia.
Art. 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.