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Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 1.965

Sancionada: 9-7-92
Promulgada: 10-8-92
Publicada: 28-8-92

Artículo 1: Restablécese la vigencia de la ley 1675 y sus modifs., leyes 1765 y 1816, hasta el 31 de diciembre de 1995, lapso hasta el cual los interesados podrán acogerse a los beneficios de la misma.

Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.