Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Ley 1.965
Sancionada: 9-7-92
Promulgada: 10-8-92
Publicada: 28-8-92
Artículo 1: Restablécese la vigencia de la ley 1675 y sus modifs., leyes 1765 y 1816, hasta el 31 de diciembre de 1995, lapso hasta el cual los interesados podrán acogerse a los beneficios de la misma.
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.