Martes, 02 de Noviembre de 2010 07:36
Imprimir

Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia del Poder Judicial

Ley 2.143

Texto ordenado aprobado mediante resolución 687 de la Legislatura provincial el 18-5-2005 con las modificaciones introducidas por la ley 2460

Complementada por la Ley 2828


Sancionada: 12-10-95
Promulgada: 18-10-95
Publicada: 27-10-95

Artículo 1º Adhiérase la Provincia del Neuquén a la Ley nacional 24.464 -de creación del Sistema Federal de la Vivienda-.

Artículo 2º Créase el Fondo Provincial de la Vivienda, el que estará constituido por:

Artículo 3º La Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS), con carácter autárquico, tendrá a su cargo la administración y aplicación del Fondo Provincial de la Vivienda.

Artículo 4º La Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS) organizará los mecanismos de control, auditoría y seguimiento de la aplicación de los fondos, debiendo presentar un informe anual a la Honorable Legislatura Provincial, quien será el órgano encargado del control social previsto en la Ley nacional 24.464.

Artículo 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo.