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Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 2.468

Aprobada: 9/9/2004
Promulgada: 27/9/2004
Publicada: 8/10/2004

Artículo 1º: Apruébase la venta de los inmuebles individualizados como Lote 10-a, Nomenclatura Catastral 16-21-072-7523-0000, y Lote 10-b, Nomenclatura Catastral 16-21-072- 6930-0000, situados en la ciudad de Villa La Angostura, Puerto Manzano, propiedad del Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN), a favor de la Provincia del Neuquén, conforme lo dispuesto en la Resolución 085/04, emitida por el Consejo de Administración del Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN), con destino al aporte que realizará la Provincia para la construcción de un Centro de Diagnóstico, Prevención y Rehabilitación.

Artículo 2º: Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a aportar los bienes detallados en el artículo anterior, con el fin determinado de construir un Centro de Diagnóstico, Prevención y Rehabilitación en la ciudad de Villa La Angostura, a ser gerenciado por la Fundación Favaloro para la Docencia e Investigación Médica.

Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.