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     Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia

Ley 2.089

Sancionada: 4-1-95
Promulgada: 17-1-95
Publicada: 10-2-95


Artículo 1: Agrégase el art. 149 bis al tit. XXIII, cap. I, De las elecciones municipales, de la ley 165 y su modificatoria.

"Artículo 149 bis: Los candidatos a intendente no electos de las listas oficializadas que obtuvieran cargos de concejales, tendrán opción a encabezar la nómina de concejales electos, produciendo un corrimiento hacia abajo en el orden original."

Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.