Comicios Provinciales
Mediante Decreto N° 169/11, la Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Dra. Lelia Graciela Martínez de Corvalán, dispuso que – salvo los Magistrados con funciones jurisdiccionales - la totalidad de los integrantes de la planta de Personal del Poder Judicial, puedan ser designados como autoridades de mesa, o como coordinadores, en los comicios provinciales a realizarse el próximo 12 de junio.
Asimismo, requirió a la Secretaría Electoral, que realice las designaciones con la mayor antelación posible, a fin de permitir que quienes sean afectados, puedan realizar las correspondientes previsiones organizativas familiares.
Dichas medidas tienen por finalidad, según consta en el decreto mencionado, “posibilitar el desarrollo de los actos eleccionarios en forma regular y eficiente” a fin de permitir “a los ciudadanos que integran el cuerpo electoral, expresar su voluntad política a través del acto que por excelencia constituye el medio fundamental del ejercicio del principio de la soberanía popular y, a su vez, constituyen el eje del funcionamiento de una democracia”.
El decreto además señala que el Código Electoral Provincial establece en su artículo 14 que “todas las funciones que esta ley atribuye a los electores constituyen carga pública y serán, por lo tanto, irrenunciables” y que según lo establece la Ley Nacional N° 19.945, en su art. 132. la no concurrencia o abandono de funciones electorales, “se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas.”