Se modificó el Reglamento de Justicia
El Tribunal Superior de Justicia, por Acuerdo Nº 4863 Punto 9, resolvió modificar el Art. Nº 20 del Reglamento de Justicia de la Provincia del Neuquén, el que quedó redactado de la siguiente manera:
- “Artículo 20º. Los profesionales inscriptos en la matrícula podrán autorizar a personas de su dependencia, o del personal de sus oficinas, mayores de 18 años o menores desde los 16 años con autorización de sus padres, responsables o tutores de conformidad a lo dispuesto en el art. 32 de la L.C.T., para que compulsen el trámite o soliciten informes en aquellos expedientes en que sean parte.”