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Domingo, 11 de Agosto de 2013 20:56
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El Tribunal Superior de Justicia modificó las “Reglas para la  presentación en concursos externos de Funcionarios”

La modificación fue realizada por Acuerdo N° 5030 punto 19, y alcanza sólo a los concursos de Oposición y Antecedentes de Funcionarios – ya que estos son los que poseen dos etapas diferenciadas en su realizacion-, y apunta a simplificar el proceso de inscripción y control de documentación.

Se establecen dos momentos para presentar la documentación:

El primero de ellos, al  formular la inscripción:

El postulante presentará

a) Nota dirigida al Presidente del Tribunal Superior de Justicia peticionando ser tenido como postulante para el cargo que se concursa. En la misma deberá indicar: Domicilio real, domicilio electrónico (si fueran profesionales) o constituir domicilio dentro del radio de la ciudad de Neuquén (conforme Acuerdo 3287), y número de teléfono.

b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos excluyentes previstos para el cargo que se concursa. (Ver el Anexo publicado al Acuerdo N°5030)

c) Deberá adjuntar asimismo el currículum vitae impreso con la indicación de antecedentes laborales y académicos relevantes.

Una vez realizada la instancia escrita, - siempre que se trate de un concurso de oposición y antecedentes-, el postulante que apruebe el examen y avance a la instancia oral, deberá concurrir con  la documentación que acredite los antecedentes laborales y académicos que invoca en su currículum. Para el caso de los antecedentes académicos,  las constancias de especializaciones, maestrías y doctorados, como así las acreditaciones laborales deberán encontrarse certificadas, bajo su exclusiva responsabilidad. El plazo para la presentación de dicha documentación es improrrogable, y en caso de no cumplir con el plazo no podrá invocar antecedentes para que sean tenidos en cuenta. Deberá dejarse constancia en el acta de exámen si el postulante no acompaña ninguna documentación.

En el mismo resolutorio - y teniendo en cuenta que esta es una práctica que se encuentra actualmente en uso- se ha establecido que a partir de la presente modificación, los concursos deberán realizarse con asignación de claves.

El tribunal examinador deberá calificar con puntaje numérico el examen, indicando a que clave corresponde la calificación. Se convocará a los postulantes que deseen participar a la apertura de los sobres con las claves. Recién en ése momento, una vez asignada la calificación e informada a los presentes-  se develará a quien corresponde la clave asignada y proseguirá la tramitación del concurso con la instancia oral de evaluación, para quienes aprueben con una nota igual o superior a 7 (siete) la instancia escrita.

El Tribunal Examinador, labrará las actas correspondientes indicando el resultado del concurso y remitirá las mismas a la Secretaría de Gestion Humana, junto con los currículum vitae recepcionados en la instancia oral.

 

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