DECRETO N°232/14
NEUQUEN, 08 de abril de 2014
VISTO Y CONSIDERANDO:
El pedido efectuado por el Sr. Fiscal General a cargo – Dr. RomuloPatti- en el que requiere decretar suspensión del cómputo de los plazos procesales en los organismos pertenecientes al Ministerio Público Fiscal, en virtud de la necesidad de mudar la sede de las Fiscalías a la Planta Baja del edificio de la Ciudad Judicial.
Que en función de la magnitud de la tarea a desarrollarse, requiere que se extienda hasta el viernes inclusive la suspensión del cómputo de los plazos, sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen o sus titulares autoricen.
Que por otro lado, los titulares de los organismos, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto N° 232/214, han realizado el informe que se les solicitara. Que si bien con la información no se ha abarcado la totalidad de los edificios, si han informado muchos de ellos. En estos informes se indica la afectación de algunos de ellos como consecuencia del ingreso de agua, sobre todo las mesas de entradas de las dependencias en las que dicho sector funciona en la Planta Baja.
Que por otro lado, en virtud de la fuerza del evento climático, también se han producido filtraciones a través de las juntas de las ventanas y en lugares donde habitualmente no debería ingresar agua.
Respecto a los Juzgados de Paz, el único que informó –indicando que la situación esta dentro de los parámetros normales- , es San Patricio del Chañar, no habiéndose recibido mas información del resto de los Juzgados.
Por lo expuesto, y teniendo en cuenta que se prevé una mejora en las condiciones climáticas, habrá de resolverse la concurrencia a los lugares de trabajo por parte de la totalidad del personal Judicial para el día 09 de abril, a fin de poner en condiciones los expedientes y demás elementos de trabajo de los organismos en los que se desempeñen –con la asistencia del personal de mantenimiento en los casos que el inconveniente sea eléctrico o de redes de datos- para que el Jueves 10 de abril, pueda reestablecerse el servicio de justicia.
Teniendo en cuenta que este evento climático ha sido extraordinario y ha afectado a la totalidad de la Ciudad, se solicita a Magistrados, Funcionarios y empleados del Poder Judicial, la comprensión y colaboración necesaria a fin de llevar adelante con éxito la puesta en marcha del servicio que el Poder Judicial debe brindar a los Ciudadanos.
En cada edificio, el titular verificará si existe algún impedimento concreto (como falta de luz, agua o calefacción) que impida que el personal permanezca en el lugar y en tal caso queda facultado para autorizar a retirarse al mismo informando en cada caso concreto a la Secretaría de Superintendencia.
El último elemento a considerar, es que las comunicaciones vía terrestres con las localidades del interior, aun no se han reestablecido, por lo que se extendrá en un día más, la suspensión dispuesta mediante Decreto N° 231 inciso 3) por los mismos motivos allí expresados.
Que por último, se dispone la habilitación de día y hora inhábil, para la firma y publicidad del presente acto administrativo.
Por ello, en uso de facultades que me son propias,
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DECRETA:
1°) DisponerPARA LOS ORGANISMOS DEL MINISTERIO PUGLICO FISCAL que se desempeñan en la Ciudad Judicial, Suspensión del cómputo de los plazos procesales, sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen o sus titulares autoricenpara los días 09 al 11 de abril del año en curso, con la finalidad que puedan realizar la mudanza a la planta baja.
2°)Disponer PARA EL RESTO DE LOS ORGANISMOS DEL PODER JUDICIAL DE LA I CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL CON ASIENTO EN NEUQUEN CAPITAL y RINCON DE LOS SAUCES,suspensión del cómputo de los plazos procesales, sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen o sus titulares autoricen, para el día 09 de abril del año en curso.
Se deja constancia que los Juzgados de Paz, deberán informar a la Secretaría de Superintendencia la necesidad de disponer la Suspensión de Términos, a fin de dictar el acto administrativo correspondiente.
3°)Disponer que la jornada se llevará a cabo sin atención al público, a fin de que el personal pueda poner en condiciones en sus lugares de trabajo, los expedientes y demás elementos pertenecientes a los organismos en los que se desempeñen –con la asistencia del personal de mantenimiento en los casos que el inconveniente sea eléctrico o de redes de datos- para que el Jueves 10 de abril, pueda reestablecerse el servicio de justicia.
4°)Facultar a los titulares de los organismos, a fin de que en caso de que en el edificio en el que se desempeñan, si hubiera alguna situación objetiva que impida la permanencia del personal en el mismo (falta de luz, agua o calefacción), y el personal solicite retirarse, pueda hacerlo informando la novedad a la Secretaría de Superintendencia.
5°) Disponer la habilitación de día y hora, a los fines del dictado del presente acto administrativo.
6°)Disponer suspensión del cómputo de los plazos procesales, – sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen o sus titulares autoricen-, en los organismos jurisdiccionalesy Oficina Judicial de la II, III, IV y IV Circunscripción Judicial, ello en función de la imposibilidad de circular por las rutas que comunican Neuquén Capital con esas jurisdicciones y con la finalidad de evitar perjuicios a quienes litigan en el interior provincial.
7°) Notifíquese, cúmplase, publíquese y dese amplia difusión. Pase a conocimiento del cuerpo en el próximo Acuerdo, fecho, archívese.