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Jueves, 26 de Noviembre de 2015 16:54
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Neuquén participó del IV Encuentro Anual de Oficinas de la Mujer de la Justicia Argentina

El 19 de noviembre pasado, en Entre Ríos, se realizó el IV Encuentro Anual de Oficinas de la Mujer de la Justicia Argentina. El evento apunta a evaluar e intercambiar prácticas y protocolos que tiendan a la incorporación de la perspectiva de género en los poderes judiciales del país.

Además de representantes de oficinas de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de los Poderes Judiciales de las distintas provincias argentinas, el encuentro contó con la presencia de las Dras. Alda Facio, integrante del Comité Asesor para el Estudio a Profundidad de la Violencia contra las Mujeres (ONU) y Susana Chiarotti, Integrante del CEVI, Comité de Expertas en Violencia del MESECVI, Mecanismo de seguimiento de la Convención de Belem do Para (OEA)

Por el Poder Judicial de Neuquén, concurrió la Dra. María Soledad Gennari, representante de esta provincia ante la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la Jornada, la Dra. Alda Facio - experta internacional en asuntos de género y derechos humanos de las mujeres-  abordó la temática “Género en la impartición de Justicia”. Por su parte, la Dra. Susana Chiarotti  -con una amplia trayectoria internacional y nacional  en la defensa de los derechos humanos de las mujeres- expuso sobre las “Obligaciones y principales recomendaciones internacionales al Poder Judicial Argentino”.

En las Mesas de Trabajo, que reunió a todas las referentes de las Oficinas de la Mujer, se trabajó sobre los obstáculos para garantizar el derecho a la igualdad en la prestación del servicio de justicia y las condiciones para el logro de la igualdad de género en las estructuras del Poder Judicial. A modo de conclusión, las representantes presentes acordaron trabajar en una agenda en conjunto para el año 2016.


DOCUMENTOS

En el marco del encuentro se presentó  la Guía Práctica para la aplicación del sistema de indicadores de Progreso para la medición de la implementación de la Convención Do Pará que apunta, por un lado, a “continuar con el proceso de consolidación del sistema de indicadores al interior de los países de la región” permitiendo medir el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Convención de Belém do Pará y otros marcos normativos que “garantizan el desarrollo de una vida libre de violencia para las mujeres de la región”. Y, por el otro, a “facilitar el proceso de utilización de los indicadores en cada uno de los Estados parte de la Convención”.

Además de la Guía, se mostró el Cuadro Analítico del estado de implementación de la Convención que, a través de columnas comparativas, señala el detalle de la situación de cada uno de los Estados Parte en cuanto al cumplimiento de distintos aspectos de la convención relacionados con la LEGISLACIÓN como: Tipos de violencia contra las mujeres en la legislación civil, penal y administrativa, definición de violencia, legislación sobre algunas formas de violencia contra las mujeres, legislación sobre responsabilidad del Estado, etc.

Guía:

http://www.oas.org/es/mesecvi/docs/

Guia_Indicadores_BDP_ESP.pdf

Balance:

http://www.oas.org/es/mesecvi/docs/

MESECVI-SegundoInformeHemisferico-ES.pdf

 

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Comunicados de Prensa

JUSTICIA DE PAZ PROVINCIA DEL NEUQUEN


A continuación se detallan los trámites que puede realizar en el Juzgado de Paz de su localidad. 


INFORMACIONES SUMARIAS VARIAS

La información sumaria es un documento que se realiza con dos testigos, que son los que dan fé de que lo que el declarante está diciendo es verdad.

Este trámite se realiza a fines de ser presentado ante organismos oficiales para realizar gestiones de carácter previsionales y/ escolares (vivienda, obras sociales, jubilaciones, pensiones, etc.)

Requisitos:

  1. El /los interesados deben estar presentes al momento de realizar el trámite.
  2. Dos testigos mayores de edad que no sean familiares del/los interesados
  3. Todos los firmantes con DNI vigente
  4. Tasa de Justicia (Ver. Art. 37 Ley Impositiva 2897 - Siempre verificar la última ley impositiva)


 (*) Al final se explica la diferencia con las Uniones Convivenciales - trámite que NO se realiza en el Juzgado de Paz

 

DECLARACIONES JURADAS

Es un documento que realiza exclusivamente el declarante, y generalmente se efectúa para ser presentados a efectos de cumplir trámites previsionales y/o escolares (ANSES, la Dirección Nacional de Pensiones, IPVU – RUPROVI, Organismos escolares etc.)

Requisitos:

  1. El Interesado deberá presentarse con DNI
  2. En caso de incluir en la DDJJ a otras personas, deberá presentar los respectivos DNI. (No Excluyente)
  3. Tasa de Justicia (Ver. Art. 37 Ley Impositiva 2897 - Siempre verificar la última ley impositiva)

 

 

PERMISOS DE VIAJES DE MENORES AL EXTRANJERO

Cuando un menor sale del país, pueden darse diferentes situaciones: 

- Si el menor sale del país acompañado de ambos padres, NO es necesario hacer ninguna autorización de viaje. 

- Si el menor sale del país con uno de sus padres, el que no viaja debe realizar la autorización de viaje.

- Si el menor sale del pais acompañado de un tercero o solo, ambos padres deben hacer la autorización de viaje, en forma individual o conjunta. 


El trámite es realizado por el/los padre/s que autorizan al menor a viajar al extranjero en forma personal.

Requisitos:

  1. Padre/Madre que firma/n la autorización deben estar presentes  con su DNI vigente.
  2. DNI y PARTIDA/ACTA  de Nacimiento Original del menor autorizado
  3. Tasa de Justicia

 

Cuando el menor viaja solo :

- Si es menor de 14 años, se deberá indicar lugar de destino, Nombre y Apellido y domicilio del adulto receptor.

- Si tiene entre 14 a 18 años, se debe indicar el destino.

 

Cuando el menor viaja con un tercero:

Debe presentarse fotocopia de dni con domicilio del acompañante e indicar el lugar de destino. 

 

Una vez concluido el trámite de autorización en el Juzgado de Paz, debe cumplirse el trámite de certificación de la firma del Juez de Paz a fin que el documento quede LEGALIZADO para salir del país. Ese trámite se realiza en Alberdi N° 52 Planta Baja - Secretaría de Superintendencia- de Neuquén Capital.

La tasa de justicia es de $ 38 (pesos Treinta y ocho) -  al 12 de julio de 2016-


CERTIFICACION DE FIRMAS /FOTOCOPIAS

La certificación de firmas se realizara siempre en el juzgado y a la vista del Juez o persona que se designe al afecto.

La certificación de firmas se realiza a en trámites previsionales y escolares.

Las certificaciones de fotocopias de DNI y Partidas emitidas por el Registro Civil, Títulos educativos avalados por Organismo Oficiales (Ministerio Educación. CPE, etc) y toda documentación  de las Organizaciones sin fines de lucro.

Requisitos:

  1. Presentación en todos los casos de los originales correspondientes
  2. Tasa de Justicia por cada hoja que se certifica
  3. Los firmantes deberán acreditar identidad con DNI

 

CERTIFICACION DE FIRMAS EN CARTAPODER/APUD ACTA

Para Juicios laborales, Previsionales, Defensa del Consumidor (Ley N° 24.240 y Ley Prov. N° 2268) y Reclamos Administrativos (Conf.Ley N° 1.284) 

 

 

EMPADRONAMIENTO DE EXTRANJEROS

Los interesados a realizar el trámite de empadronamiento deberán presentar:

  1. Dos (02) fotos carnet 4x4
  2. Fotocopia de DNI
  3. Acreditar dos años de residencia continua en la ciudad
  4. Tener domicilio en la jurisdicción del Juzgado de Paz
  5. El trámite no tiene costo.

 

 

(*) UNION CONVIVENCIAL


Este trámite NO se realiza en el Juzgado de Paz. 

A partir de la reforma del Código Civil, se incorporó la figura de la unión Convivencial (Título III Capítulo 1) en los siguientes términos: 

ARTICULO 509: Ambito de aplicación. Las disposiciones de este Título se aplican a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.

ARTICULO 510.- Requisitos. El reconocimiento de los efectos jurídicos previstos por este Título a las uniones convivenciales requiere que:

a) los dos integrantes sean mayores de edad

b) no estén unidos por vínculos de parentesco en línea recta en todos los grados, ni colateral hasta el segundo grado;

c) no estén unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta;

d) no tengan impedimento de ligamen ni esté registrada otra convivencia de manera simultánea;

e) mantengan la convivencia durante un período no inferior a dos años.

 

La inscripción de dicha unión se realiza en el Registro Civil

Mas información en la Dirección Provincial del Registro Civil http://www4.neuquen.gov.ar/civil


DIFERENCIA CON INFORMACION SUMARIA DE CONVIVENCIA

Por su parte la Información Sumaria de Convivencia, no es un trámite registrable y  no tiene duración en el tiempo, por lo que cada vez que sea necesario justificar la convivencia se deberá realizar el trámite cumpliendo con los requisitos necesarios. Un ejemplo de los motivos por los cuales se realiza, es por ejemplo para realizar gestiones ante organismos públicos de servicios. (para gestionar medidores de gas o de luz) 


 

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