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Inicio Dirección de Gestión Humana

0157-15 - AUXILIAR TÉCNICO INGRESANTE – CATEGORÍA JIT - CON DESTINO A LA SUBDIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL, ÁREA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES EN HORARIO VESPERTINO

Lunes, 28 de Septiembre de 2015 09:20
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EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, HA DISPUESTO PARA LA I CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL:

LLAMAR A CONCURSO EXTERNO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA CUBRIR UN CARGO DE AUXILIAR TÉCNICO INGRESANTE –CATEGORÍA-JIT- CON DESTINO A LA SUBDIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL - ÁREA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO Y PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES EN HORARIO VESPERTINO (ACUERDO 5273 PUNTO 30 INC. 2°)- EXPTE. 0157-15.-

REQUISITOS: Los establecidos en la Constitución Provincial, en la Ley 2333 (artículo 2 inciso b y 7), y las Reglamentaciones para presentación en concursos aprobadas por Acuerdo 3116, modificado por Acuerdo 3287 Punto XVII, 3209 Punto XXII y 3295 Punto XIV 5030 Punto 9 ) y en el Perfil del Puesto (click aquí)

REMUNERACIÓN: La fijada por las leyes vigentes.


CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 13 DE OCTUBRE DE 2015.


LISTADO PROVISORIO DE INSCRIPTOS

AL 22/10/15


ORDEN

POSTULANTE

DNI

OBSERVACIONES

1

ARRESE UGARTEMENDIA HERNANDO HECTOR

23.240.993

NO AUTORIZADO A RENDIR

2

CALZOLARI MIS FERNANDO DANIEL

39.881.394

AUTORIZADO A RENDIR

3

CHURRARIN CLAUDIO GUSTAVO

33.447.857

AUTORIZADO A RENDIR

4
DOMINA CESAR NICOLAS CAYETANO

26.746.516

NO AUTORIZADO A RENDIR

5

GONZALEZ RAMIRO SEBASTIAN

36.433.626

NO AUTORIZADO A RENDIR

6

GUIÑEZ DAVID EXEQUIEL

34.592.411

AUTORIZADO A RENDIR

7

HERRERA GUILLERMO MARTIN

29.418.602

AUTORIZADO A RENDIR

8

LUNA JOAQUIN NICOLAS

39.129.894

AUTORIZADO A RENDIR

9

MARQUEZ DIEGO ALBERTO

28.945.623

NO AUTORIZADO A RENDIR

10

PORTILLO JAVIER HORACIO

22.505.649

NO AUTORIZADO A RENDIR

11

VEGA LUKAS MATIAS

33.860.785

NO AUTORIZADO A RENDIR

12

ZUÑIGA PABLO MARIANO

36.433.654

NO AUTORIZADO A RENDIR

TOTAL DE INSCRIPTOS: 12


NOTA: Los postulantes que figuran como NO AUTORIZADOS/AS, son aquellos que adeudan documentación excluyente, contando con plazo de presentación hasta el tercer día hábil anterior a la fecha del examen escrito.


SECRETARÍA, 22 DE OCTUBRE DE 2015.



INSCRIPCIONES: Mesa de Entradas de la Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales, Juan Bautista Alberdi 52, Segundo Piso, Neuquén, de Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hs.

IMPORTANTE: La entrega de documentación es un trámite que solo podrá realizarse personalmente por el interesado o por tercero autorizado en forma escrita por el mismo - –NO SE ACEPTAN INSCRIPCIONES POR E-MAIL

DOCUMENTACIÓN EXCLUYENTE A PRESENTAR:

1.  Nota de inscripción al cargo correspondiente - (debidamente firmada) (MODELOS: NOTA DE INSCRIPCIÓN P/EXTERNOS) - (NOTA DE INSCRIPCIÓN P/PERSONAL DEL P.J. NQN)

2.  Constitución de domicilio legal en la Ciudad de Neuquén.

3.  Dirección electrónica (asignada por el Poder Judicial, si no la tuviera, deberá gestionarla a través de la Página Web del Poder Judicial, link “notificación electrónica”).

4.  Números de teléfonos.

5.  Fotocopia debidamente certificada del Documento Nacional de Identidad.

6.  Certificado de Antecedentes Policiales Actualizado

7.  Currículum vitae debidamente firmado.

8.  Requisito Excluyente de formación académica: Fotocopias certificadas de: Título de Maestro Mayor de Obras o de Técnico en Construcciones o Electromecánico o Electrónico o Electricista o Mecánico o afines, obtenido en establecimiento educativo oficial, con la correspondiente Legalización del Ministerio del Interior, en caso de que el mismo, haya sido otorgado por Establecimiento educativo de otra provincia.

 

DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR SI APRUEBA LA INSTANCIA ESCRITA, DIRECTAMENTE ANTE EL TRIBUNAL EXAMINADOR:

Requisitos de formación académica y experiencia laboral preferentes según Perfil del Puesto (click aquí) -en originales o fotocopias certificadas-, a fin de su valoración.

 

 

Requisitos Preferente formación académica:

  • Formación complementaria (ej., curso, taller) en materia de mantenimiento o reparaciones edilicias (ej., electricidad, plomería, limpieza, pintura).
  • Formación complementaria (ej., curso, taller) en instalación o mantenimiento de redes informáticas.
  • Formación complementaria (ej., curso, taller) en salud, seguridad e higiene laboral.

 

Requisitos Laborales preferentes:

  • Experiencia laboral mínima de 2 años en tareas de mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura edilicia, o en ejecución de obras civiles
  • Experiencia mínima de seis (6) meses en instalación y mantenimiento de redes informáticas complejas
  • Experiencia en instalación y mantenimiento de conexiones o centrales telefónicas.  .

 

 

NOTA 1: El postulante que resulte ganador del cargo deberá presentar, acta de nacimiento, debidamente legalizada si es de otra Provincia.

NOTA 2: En caso de presentar fotocopias certificadas en otra provincia que no sea Neuquén, las mismas deberán contar con la correspondiente legalización.

NOTA 3: En caso que el postulante se inscriba simultáneamente en más de un concurso, deberá presentar la documentación completa en cada uno de ellos. En tal oportunidad, la documentación solicitada –en original o fotocopia certificada- se podrá presentar en el primer concurso, y en los restantes se aceptarán copias simples de las mismas, debiendo consignar el concurso en el que se encuentran los originales.

IMPORTANTE:

- Se hace saber que todas las resoluciones inherentes a los concursos (constitución de Tribunal Examinador, temario, cambios en el cronograma, fecha, lugar y hora de examen y otras eventuales modificaciones, etc.), se publicarán en la página web oficial del Poder Judicial  www.jusneuquen.gov.ar, siendo éste el único medio de notificación.

- Las comunicaciones personales relacionadas con la regularización de la documentación, se harán a la dirección electrónica (asignada por el Poder Judicial) que el postulante deberá denunciar al momento de la inscripción.

- Se hace saber que los cargos son sin vivienda ni compensación alguna por tal concepto.

- La documentación presentada deberá ser retirada en un plazo de treinta días una vez resuelto el concurso, mediante pedido escrito. Vencido el plazo, se procederá a su destrucción.

INFORMES: Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales:

Teléfonos 4474081/85/89- 4494000 al 4494015 internos 408-342-461

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla

Dirección en Internet: www.jusneuquen.gov.ar

SECRETARIA, 28 de septiembre de 2015

 

facebook Seguir a @prensatsjnqn    prensatsj @ jusneuquen.gov.ar

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Comunicados de Prensa

JUSTICIA DE PAZ PROVINCIA DEL NEUQUEN


A continuación se detallan los trámites que puede realizar en el Juzgado de Paz de su localidad. 


INFORMACIONES SUMARIAS VARIAS

La información sumaria es un documento que se realiza con dos testigos, que son los que dan fé de que lo que el declarante está diciendo es verdad.

Este trámite se realiza a fines de ser presentado ante organismos oficiales para realizar gestiones de carácter previsionales y/ escolares (vivienda, obras sociales, jubilaciones, pensiones, etc.)

Requisitos:

  1. El /los interesados deben estar presentes al momento de realizar el trámite.
  2. Dos testigos mayores de edad que no sean familiares del/los interesados
  3. Todos los firmantes con DNI vigente
  4. Tasa de Justicia (Ver. Art. 37 Ley Impositiva 2897 - Siempre verificar la última ley impositiva)


 (*) Al final se explica la diferencia con las Uniones Convivenciales - trámite que NO se realiza en el Juzgado de Paz

 

DECLARACIONES JURADAS

Es un documento que realiza exclusivamente el declarante, y generalmente se efectúa para ser presentados a efectos de cumplir trámites previsionales y/o escolares (ANSES, la Dirección Nacional de Pensiones, IPVU – RUPROVI, Organismos escolares etc.)

Requisitos:

  1. El Interesado deberá presentarse con DNI
  2. En caso de incluir en la DDJJ a otras personas, deberá presentar los respectivos DNI. (No Excluyente)
  3. Tasa de Justicia (Ver. Art. 37 Ley Impositiva 2897 - Siempre verificar la última ley impositiva)

 

 

PERMISOS DE VIAJES DE MENORES AL EXTRANJERO

Cuando un menor sale del país, pueden darse diferentes situaciones: 

- Si el menor sale del país acompañado de ambos padres, NO es necesario hacer ninguna autorización de viaje. 

- Si el menor sale del país con uno de sus padres, el que no viaja debe realizar la autorización de viaje.

- Si el menor sale del pais acompañado de un tercero o solo, ambos padres deben hacer la autorización de viaje, en forma individual o conjunta. 


El trámite es realizado por el/los padre/s que autorizan al menor a viajar al extranjero en forma personal.

Requisitos:

  1. Padre/Madre que firma/n la autorización deben estar presentes  con su DNI vigente.
  2. DNI y PARTIDA/ACTA  de Nacimiento Original del menor autorizado
  3. Tasa de Justicia

 

Cuando el menor viaja solo :

- Si es menor de 14 años, se deberá indicar lugar de destino, Nombre y Apellido y domicilio del adulto receptor.

- Si tiene entre 14 a 18 años, se debe indicar el destino.

 

Cuando el menor viaja con un tercero:

Debe presentarse fotocopia de dni con domicilio del acompañante e indicar el lugar de destino. 

 

Una vez concluido el trámite de autorización en el Juzgado de Paz, debe cumplirse el trámite de certificación de la firma del Juez de Paz a fin que el documento quede LEGALIZADO para salir del país. Ese trámite se realiza en Alberdi N° 52 Planta Baja - Secretaría de Superintendencia- de Neuquén Capital.

La tasa de justicia es de $ 38 (pesos Treinta y ocho) -  al 12 de julio de 2016-


CERTIFICACION DE FIRMAS /FOTOCOPIAS

La certificación de firmas se realizara siempre en el juzgado y a la vista del Juez o persona que se designe al afecto.

La certificación de firmas se realiza a en trámites previsionales y escolares.

Las certificaciones de fotocopias de DNI y Partidas emitidas por el Registro Civil, Títulos educativos avalados por Organismo Oficiales (Ministerio Educación. CPE, etc) y toda documentación  de las Organizaciones sin fines de lucro.

Requisitos:

  1. Presentación en todos los casos de los originales correspondientes
  2. Tasa de Justicia por cada hoja que se certifica
  3. Los firmantes deberán acreditar identidad con DNI

 

CERTIFICACION DE FIRMAS EN CARTAPODER/APUD ACTA

Para Juicios laborales, Previsionales, Defensa del Consumidor (Ley N° 24.240 y Ley Prov. N° 2268) y Reclamos Administrativos (Conf.Ley N° 1.284) 

 

 

EMPADRONAMIENTO DE EXTRANJEROS

Los interesados a realizar el trámite de empadronamiento deberán presentar:

  1. Dos (02) fotos carnet 4x4
  2. Fotocopia de DNI
  3. Acreditar dos años de residencia continua en la ciudad
  4. Tener domicilio en la jurisdicción del Juzgado de Paz
  5. El trámite no tiene costo.

 

 

(*) UNION CONVIVENCIAL


Este trámite NO se realiza en el Juzgado de Paz. 

A partir de la reforma del Código Civil, se incorporó la figura de la unión Convivencial (Título III Capítulo 1) en los siguientes términos: 

ARTICULO 509: Ambito de aplicación. Las disposiciones de este Título se aplican a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.

ARTICULO 510.- Requisitos. El reconocimiento de los efectos jurídicos previstos por este Título a las uniones convivenciales requiere que:

a) los dos integrantes sean mayores de edad

b) no estén unidos por vínculos de parentesco en línea recta en todos los grados, ni colateral hasta el segundo grado;

c) no estén unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta;

d) no tengan impedimento de ligamen ni esté registrada otra convivencia de manera simultánea;

e) mantengan la convivencia durante un período no inferior a dos años.

 

La inscripción de dicha unión se realiza en el Registro Civil

Mas información en la Dirección Provincial del Registro Civil http://www4.neuquen.gov.ar/civil


DIFERENCIA CON INFORMACION SUMARIA DE CONVIVENCIA

Por su parte la Información Sumaria de Convivencia, no es un trámite registrable y  no tiene duración en el tiempo, por lo que cada vez que sea necesario justificar la convivencia se deberá realizar el trámite cumpliendo con los requisitos necesarios. Un ejemplo de los motivos por los cuales se realiza, es por ejemplo para realizar gestiones ante organismos públicos de servicios. (para gestionar medidores de gas o de luz) 


 

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