Autorizan a defensores oficiales a concurrir a las unidades de detención
El Tribunal Superior de Justicia resolvió, mediante Acuerdo N° 4682, autorizar a todos los Defensores Oficiales de la Provincia a concurrir e ingresar en los pabellones de los lugares de detención de sus respectivas jurisdicciones.
La medida se toma a fin de cumplir lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que confiere funciones específicas a los Ministerios Públicos de la Defensa y ratifica la “obligación de Asistir a las visitas de establecimientos de detenidos y condenados y concurrir quincenalmente a los mismos, informando a sus representados sobre el estado de las causas”.
Asimismo se dispuso hacer saber al Jefe de Policía de la Provincia lo resuelto a fin de que comunique tal circunstancia a la totalidad de establecimientos que alojan detenidos.
Acuerdo N° 4682, Punto 5