Comicios 30 de junio
Sistema de registro del voto (stiker)
Por primera vez, la autoridad de mesa no sellará ni firmará su DNI luego de haber sufragado. En su lugar, la Junta Electoral Provincial ha resuelto la entrega de un Stiker que contiene el N° de documento de la persona que vota y un código de barras que podrá ser guardado o pegado al DNI.
El elector deberá conservar el stiker que se le entrega hasta la publicación del Registro de Infractores. Una vez que esto suceda, se pueden dar tres situaciones
- Si no figura en el listado, queda sin efecto el comprobante y puede tirarlo.
- Si figura en el listado de infractores, tiene que presentarse ante la Secretaría Electoral para justificar su inasistencia. Si tiene documentación proceda como lo indicado en el punto anterior. Si no posee dicha documentación deberá descargar el formulario correspondiente de la página web del Poder Judicial, pagar la multa en el Banco y entregar el comprobante en la Secretaría Electoral. Luego de efectuar este procedimiento, se eliminará el nombre del registro.
- Si perdió el comprobante y esta en el listado, la Justicia Electoral deberá acceder al padrón de mesa para comprobar su voto.
La multa a pagar es de$ 132(Si es la primera vez)y de$ 264(Si es reincidente)
¿Qué se vota en las elecciones del 30 de junio?
Se renuevan 9 Concejales de la Ciudad de Neuquén. La elección es de carácter obligatorio
¿Quiénes pueden votar?
Todo ciudadano argentino que tenga 18 años o más al 30 de junio del 2013 con domicilio en la ciudad de Neuquén y que figuren en los padrones electorales.
Los extranjeros mayores de edad que se hayan empadronado en el registro especial habilitado a tal efecto.
Aquellos que no figuren en el padrón electoral deberán efectuar realizar el trámite correspondiente en el Juzgado Electoral Federal, sito en Santa Fé y Ministro González de la Ciudad de Neuquén.
¿Cuándo y dónde se vota? ¿Dónde puedo consultar el lugar de votación?
La elección se llevará a cabo el 30 de junio desde las 8 a 18 hs.
La consulta de los padrones definitivos se puede realizar en la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, el Correo Argentino, los Juzgados de Paz. Además se puede efectuar a través de la Página web del Poder Judicial (http://www.jusneuquen.gov.ar/index.php/electoral/2957) o de la municipalidad www.muninqn.gov.ar/padron
Se habilitó además consulta mediante mensaje de texto (SMS). Deberán enviar PADRON (espacio) N° DE DOCUMENTO al 11011. El costo es el valor del mensaje de texto de la compañía a la que pertenece su celular.
¿Con qué documento se vota?
El elector puede votar con el documento que figura en el padrón o con una versión posterior. Los documentos habilitados son: Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica, DNI tapa verde, DNI tapa celeste (o la tarjeta que lo acompaña, aunque posea la leyenda “no válido para votar”) o DNI tarjeta.
Los extranjeros deberán presentarse con la libreta de empadronamiento y un DNI o identificación personal.
¿Quiénes están exentos de la obligación de votar?
Los únicos ciudadanos que no están obligados a votar, pero si lo desean pueden hacerlo, son los mayores de 75 años.
INASISTENCIA A LOS COMICIOS ¿Cuál es el trámite?
Aquellos que deban justificar la inasistencia a las urnas deberán presentarse dentro de los 30 días posteriores al de la elección en la secretaría electoral con la certificación correspondiente para realizar el trámite.