Sistema de Notificación Electrónica para otros profesionales - Fecha de Inicio: 05 de Agosto de 2013
La Secretaría de Superintendencia informa que mediante Acuerdo N° 5029 se dispuso modificar el Anexo I aprobado por Acuerdo N° 5018 del corriente año, relacionada con la Notificación Electrónica de peritos y otros profesionales -en los Fueros Civil, Comercial, Laboral y de Minería, familia y Ejecutivos de la I Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Neuquén-. En el mismo resolutorio se modificó la fecha de implementación prevista inicialmente para el 30 de julio, para el 05 de agosto del corriente.
En esencia, la modificación consiste en que cuando se realiza el sorteo del perito, o cuando deba notificársele cualquier providencia, resolución o sentencia que sea de su interés, NO debe esperarse que constituya domicilio en el expediente, sino que el Juzgado será el responsable de buscar en la Libreta de direcciones de "SINE" y notificar la providencia o resolución correspondiente. (Ello, dado que los profesionales en cuestión, son auxiliares de la Justicia en los términos del art. 4 de la Ley Organica del Poder Judicial) (Antes, el Anexo I, requeria con carácter obligatorio que el profesional denuncie su domicilio electronico)
Por ello, se sugiere a los Juzgados Civiles, Laborales, de Familia y Ejecutivos, que en el modelo de providencia que dispone el sorteo de Peritos - que se realiza a través del SAyEJ-, se realice la modificación pertinente (y se cargue el nuevo modelo en IURIX O DEXTRA) disponiendo la notificación electrónica del profesional, y se cumpla del mismo modo que con los profesionales letrados, dejando constancia en el expediente del acuse de recibo de la notificación y del movimiento de notificación del perito, síndico, enajenador, liquidador , etc.
El SAyEJ, ya no enviará mas el mail de "aviso" ya que el correo electrónico personal ha sido reemplazado por la Dirección Electrónica, y dicha casilla solo puede ser utilizada con una notificación dispuesta por el Juzgado que dispone el sorteo.
Los párrafos modificados, han quedado redactados del siguiente modo:
“Uso de la casilla de notificación.-Una vez asignada la casilla de notificación electrónica (nombre de usuario) a los profesionales inscriptos para las designaciones del año 2013 por parte de la Secretaría de Superintendencia, el Juzgado deberá notificarle al sorteado todas las providencias –designación por sorteo, remoción, etc.-, resoluciones o sentencias que deban serles cursadas.La dirección se obtendrá de la libreta del sistema habilitado al efecto.Los profesionales no inscriptos en la lista del año 2013, deberán gestionarla a través de la página web del Poder Judicialwww.jusneuquen.gov.ar , y una vez asignada, denunciarla en el expediente en que intervengan.Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo que antecede, previo a intimar la denuncia de domicilio en el expediente, los juzgados deberán verificar en la libreta de direcciones SINE si el profesional posee casilla electrónica, en cuyo caso deberán cursarse las notificaciones a la ya asignada.”
“Juzgados.- El titular del juzgado o quien éste designe, será el responsable de remitir vía correo electrónico las notificaciones a la casilla correspondiente al profesional. Dicho domicilio se obtendrá: a) si se trata de un profesional inscripto para el año 2013, de la libreta de direcciones cargada en sistema. b) Si se trata de un profesional NO inscripto en las listas del corriente año y es de aquellos que debe gestionar LA ASIGNACIÓN de su casilla de notificación Y NO LO HA REALIZADO -dato que se obtendrá de la consulta PREVIA a la libreta de direcciones-, se le requerirá su denuncia bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento (conf. Acuerdo 4905).”
Como recordatorio adicional, se aclara que a los peritos, síndicos, enajenadores y liquidadores INSCRIPTOS EN LAS LISTAS DEL AÑO 2013, se les ha asignado la casilla de notificación electrónica en forma automática, ya que contábamos con el dato de un correo electrónico personal al que le pudimos enviar los nombres de usuario (o dirección electrónica) y contraseñas.
Los demás profesionales, deben gestionar - cosa que varios ya han hecho-, la asignación de la Casilla de Notificación y denunciarla en el expediente. De todos modos, teniendo en cuenta que al momento de asignar dicha casilla, se carga en la libreta de USUARIOS SINE, los organismos deben verificar la existencia o no de dirección electrónica del profesional, e intimar su constitución SOLO si no la tuvieran.
Cualquier duda que genere la presente comunicación, será evacuada a través de la casilla Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla
SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA, 04 de agosto de 2013.-