El TSJ aprobó el reglamento para la Cámara Civil del interior
El organismo funcionará hasta tanto se sancione la Ley de la Reforma Procesal Civil.
A partir del trabajo de la Subsecretaría de Planificación y de los magistrados del interior que no optaron por el fuero Penal a partir del 14 de enero, el TSJ sancionó el reglamento para la recientemente creada Cámara Civil, Comercial, Laboral y de Minería con competencia en la II, III, IV y V Circunscripción. Se trata de un nuevo órgano judicial que surge a partir de la implementación de la Ley 2.891 (Ley Orgánica de la Justicia Penal), mediante la cual se disolvieron las Cámaras Multifueros.
El reglamento se aprobó por el acuerdo Nº 5088 y tras analizar los proyectos de la Subsecretaría de Planificación y las alternativas planteadas por los magistrados.
La Cámara estará integrada por cinco vocales y se dividirá en dos salas, cada una con dos miembros. En el texto se establecen las pautas de subrogancias, votación y funciones.
Conforme a las previsiones del artículo 47 de la ley 2891, en las ciudades cabeceras de la II, III, IV y V Circunscripción funcionará una oficina de Atención al Público y Gestión.