Las licencias deberán gestionarse via mail
Asi lo dispuso el Tribunal Superior de Justicia, mediante Acuerdo N°5106 punto 19.-
Se establecieron dos mecanismos:
Procedimiento a)- destinado a quienes tienen asignada casilla de notificación electrónica (empleados del escalafon administrativo, magistrados y funcionarios)
Procedimiento b)-para aquellos que no la tienen –como el personal de servicios y maestranza.
Quedarán exceptuadas del procedimiento electrónico las licencias para cuya concesión sea necesario acompañar documentación ej: maternidad o duelo-
Asimismo, el personal de los juzgados de paz que no posean conexion a internet.
El mecanismo “a)” prevé que las licencias sean solicitadas por el interesado, mediante la utilización del correo electrónico personal que tiene asignado y dirigida al superior jerárquico; este reenviará a la Superintendencia correspondiente el pedido indicando allí la opinión respecto a la concesión de la licencia.
El procedimientob), la gestión la hace el interesado en forma verbal, y el mail lo envía el superior jerárquico, certificando el pedido de licencia del agente.
Para uniformar los pedidos, se han aprobado los ANEXOS I y II, que estarán disponibles en la Página Web del Poder Judicial a fin de que sean utilizados con esos fines.
Los protocolos y anexos, se encuentran incorporados como anexos del resolutorio aludido en el link "Acuerdos Administrativos"
Asimismo, cualquier duda respecto a la instrumentación, deberá canalizarse a través de la casilla de correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla , o Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla