Nuevo rechazo a un recurso de la ex jueza de Chos Malal
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia desestimó el recurso extraordinario federal que interpuso la Dra. Graciela Rossi en contra de la resolución del Jurado de Enjuiciamiento que la separó del cargo.
El TSJ rechazó el recurso extraordinario federal presentado por el defensor particular de la Dra. Graciela Rossi en contra del acuerdo de la Sala Penal de este cuerpo, que el 10 de diciembre pasado confirmó la sentencia del Jurado de Enjuiciamiento que la removió de su cargo como jueza de Chos Malal.
Integrada por los conjueces Dr. Pablo Furlotti y Dr. Roberto Rodríguez Bello, la sala analizó en la resolución interlocutoria 41, con fecha del 7 de marzo de este año, los aspectos formales y sustanciales del recurso. Según indicaron los conjueces, el planteo fue presentado de manera correcta, pero ya en el análisis de fondo, lo rechazaron por no cubrir los requisitos que exigen la legislación provincial y federal, además de la jurisprudencia de la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación -a la que la Dra Rossi intenta llegar mediante el recurso- en distintos fallos que forman parte de la resolución.
Uno de los argumentos del defensor particular consistió en que durante el Jurado de Enjuiciamiento no se habrían probado las causales del mal desempeño atribuido a la Dra. Rossi y que, por el contrario, se habría probado su buen desempeño al frente del juzgado. Sobre esto, la Sala Penal consideró que se intentó "ceñir las hipótesis de remoción en el cargo a la causal de mal desempeño, prescindiendo de toda consideración a la mala conducta".
Los conjueces respaldaron su postura en la Constitución Nacional, que garantiza la inamovilidad de los magistrados "mientras dure su buena conducta" y en la legislación provincial, que exige a los mismos "una conducta irreprochable". También tomaron argumentos de la Corte Suprema de la Nación, que en distintos fallos ha determinado que para separar a un magistrado no se exige demostrar una conducta criminal, sino que sería suficiente demostrar que se trata de un "mal juez".
Por otro lado, se indicó que "la parte recurrente ha omitido acreditar una grosera violación de las garantías supremas que fundan el orden jurídico", que según indica la Corte Suprema, "se presentaría cuando se verifica 'en forma nítida, inequívoca y concluyente, con flagrancia, un grave menoscabo a las reglas del debido proceso y a la garantía de defensa en juicio".
Tras el rechazo del recurso por parte de la sala penal del TSJ, la ex jueza aún puede acudir en queja al Máximo Tribunal Federal.