SUMINISTO DE ENERGIA A PLOTTIER
El TSJ rechazó los recursos interpuestos por el E.P.E.N
La Sala Civil del TSJ declaró inadmisibles los recursos presentados contra la resolución de la Cámara de Apelaciones que confirmó la decisión de primera instancia de declarar la ilegalidad y arbitrariedad del cronograma de cortes dispuesto por el E.P.E.N. para Plottier.
Inicialmente la Cooperativa de Servicios Públicos de Plottier Ltda había promovido una acción de amparo contra el E.P.E.N. solicitando la declaración de inconstitucionalidad de la resolución 0596/09 –que aprueba el procedimiento para la interrupción del suministro a los prestadores del servicio eléctrico- y la ilegalidad de los cortes de suministro de energía eléctrica a la localidad de Plottier. Asimismo, había presentado, en el mismo acto y como medida cautelar, que se ordene al E.P.E.N. abstenerse de realizar cortes de energía en la ciudad.
El Juzgado de primera instacia hizo hace lugar a la cautelar y, posteriormente, se resuelvió la cuestión de fondo al declarar la ilegalidad y arbitrariedad del cronograma de cortes dispuesto. La Cámara de Apelaciones confirmó, posteriormente, lo resuelto en la instancia de origen.
Contra lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, el E.P.E.N. interpuso recursos casatorios por Inaplicabilidad de Ley y por Nulidad Extraordinaria. La Sala Civil del Tribunal Superior, integrada por Ricardo Kohon y Evaldo Moya, declaró inadmisibles dichos recursos con fundamento en que la crítica de E.P.E.N. sólo refleja la disconformidad con las conclusiones a las que se arribó en el fallo de la Cámara de Apelaciones, sin lograr acreditar los defectos que imputa a la decisión adoptada.
Asimismo, la Sala Civil de este Alto Cuerpo remarca que en los recursos presentados por el E.P.E.N. no se refutan los argumentos centrales tenidos en cuenta tanto por el juez de primera instancia como por la Cámara. Ambas decisiones se basan en que la provisión de energía eléctrica constituye un derecho humano en su concepto más amplio y en la necesidad de proteger a los usuarios de la localidad de Plottier –ajenos a las relaciones entre las partes.