El Tribunal Superior de Justicia recuerda que se encuentra vigente el Acuerdo N° 4939, punto 6 mediante el cual se instruyó a los titulares de los organismos judiciales que, en el uso de las atribuciones que le son propias, velen por el normal funcionamiento de sus dependencias a fin de garantizar la prestación del servicio.
En esa misma línea, se recuerda que las asambleas que se pretendan realizar en los lugares de trabajo deberán contar previamente con la autorización de los titulares, y se podrán realizar en la medida que no perturben el funcionamiento y tengan exclusivamente fines informativos. Por último se les solicita que informen las novedades que surjan en el sistema previsto a tal efecto.
Todas estas decisiones se tomaron, en su oportunidad, atento a que el Tribunal Superior tiene la responsabilidad de tomar las medidas necesarias en salvaguarda del correcto funcionamiento del Poder Judicial”.
Aquí el Punto del acuerdo completo.