El TSJ ordenó a una madre garantizar la educación de su hija
La niña, de 7 años, había dejado de asistir a clases a fines de 2014. Por la intervención de la Defensoría de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, el caso llegó al Máximo Tribunal. En un fallo de los vocales Oscar Massei y Ricardo Kohon, la Sala Civil hizo lugar a una acción de amparo y remarcó que “cuando se trata de resguardar el interés superior del niño, atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones”.
Desde el 17 de septiembre de 2014, una niña de 7 años y medio dejó de asistir a la escuela primaria. Su madre argumentó ante las autoridades educativas que no acordaba con la educación formal y pidió oficialmente que se retirara del sistema a su hija. La Defensoría de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes interpuso una acción de amparo en contra de la decisión de la madre, pero no tuvo éxito en primera ni en segunda instancia. Fue la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia la que hizo lugar al recurso, declaró nulas las sentencias de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería y del Juzgado de Familia 4 y condenó a la madre a “garantizar el cumplimiento del derecho y obligación a la escolarización de su hija”.
El fallo de la Sala Civil (mediante el voto principal de Massei y la adhesión de Kohon) consideró la necesidad de expedirse sobre el caso concreto y dar una respuesta al planteo de la Defensoría, teniendo en cuenta que lo que estaba en juego era “el interés superior del niño”. Por esa razón, además de condenar a la madre, se encomendó también que Consejo Provincial de Educación a que “en el menor plazo posible adopte las medidas adecuadas para la reinserción escolar de la niña”, que “la inscriba en la escuela primaria que corresponda” y que “brinde acompañamiento y seguimiento en el proceso educativo a la niña y su familia a través de un equipo interdisciplinario especializado”.