El TSJ declaró la vigencia de la acción penal en una causa por robo calificado
La sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, integrada por los vocales Soledad Gennari y Evaldo Moya, hizo lugar a la impugnación extraordinaria presentada por el Ministerio Público Fiscal, a través del Fiscal General José Gerez, y declaró la nulidad de la sentencia en la que el Tribunal de Impugnación había declarado la extinción de la acción penal en un caso por robo calificado por entender que se habían vencido los plazos.
Tras declarar la vigencia de la acción penal contra Jonathan Lara, quien oportunamente fue condenado a 5 años de prisión efectiva, el Máximo Tribunal reenvió el caso al Tribunal de Impugnación para, con una nueva integración, resuelva el recurso de impugnación que había presentado la defensa.
Entre otros puntos, los vocales de la sala Penal consideraron que la interpretación de las normas que indican los plazos realizada por el Tribunal de Impugnación no coincide con la pauta que en numerosos casos indicó la Corte Suprema de Justicia, en relación con la necesidad de que el objetivo máximo de esa interpretación sea el de “dar pleno efecto la voluntad” del legislador que sancionó la ley.
Además, consideraron que se resolvió “al amparo de una supuesta `integración normativa´ a la letra del artículo 87 del Código Procesal Penal de Neuquén, pero de una manera equivocada, en tanto tomó parcialmente su texto”.
La audiencia ante el Máximo Tribunal se realizó el 29 de marzo en el edificio de Alberdi 52.