Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia del Poder Judicial
LEY 2.777
Sancionada: 03-11-2011
Promulgada: 11-11-2011
Publicada: 18-11-2011
Artículo 1º Establécese, a partir del 1 de septiembre de 2011, un incremento del cinco por ciento (5%) en la asignación de la categoría MF-1 y en las asignaciones especiales remunerativas y bonificables creadas por el artículo 8º de la Ley 2350; por el artículo 1º de la Ley 2472, y por los artículos 5º y 6º de la Ley 2526. El incremento se calculará sobre el salario devengado en el mes de agosto de 2011.
Artículo 2º Establécese, a partir del 1 de noviembre de 2011, un incremento del ocho por ciento (8%) en la asignación de la categoría MF-1 y en las asignaciones especiales remunerativas y bonificables creadas por el artículo 8º de la Ley 2350; por el artículo 1º de la Ley 2472, y por los artículos 5º y 6º de la Ley 2526. El incremento se calculará sobre el salario devengado en el mes de octubre de 2011.
Artículo 3º Facúltase al Tribunal Superior de Justicia a efectuar la reestructura presupuestaria necesaria para absorber el presente impacto financiero.
Artículo 4º El Tribunal Superior de Justicia dictará todas las normas reglamentarias necesarias a los fines de la aplicación de la presente Ley.
Artículo 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo..