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"Año del 45 aniversario del Golpe de Estado Genocida Cívico-Militar, por Memoria, Verdad y Justicia"







     



     



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Inicio Registro Público de Comercio

Instructivos - Soc Comerciales - S.A. - Escision con modificacion de contrato

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SOCIEDADES COMERCIALES - SOCIEDADES POR ACCIONES

ESCISION CON MODIFICACION DE CONTRATO

La petición de inscripción de escisión con modificación de contrato debe realizarse por Mesa de Entradas de la Dirección General del Registro Público de Comercio, mediante la presentación de:

A) FORMULARIO: SA 9 Sociedad Anónima – Escisión con modificación de contrato

* PRESENTANTE: La petición debe efectuarse por: Representante Legal de la sociedad, Escribano autorizante, Apoderado ó Autorizado.

En los últimos dos supuestos, si no surgiera del instrumento que aprobó la escisión, deberán acreditar la personería con la siguiente documentación:

Apoderado: mediante la presentación del poder en copia certificada por escribano.

Autorizado: mediante la presentación de autorización suscripta por el Representante Legal, en su defecto por el escribano autorizante ó apoderado con facultades para delegar autorizaciones.

B) CONFORMIDAD ADMINISTRATIVA en los términos del Art. 167 y 300 de la Ley 19550: Debe tramitarse ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de Neuquen.

IMPUESTO DE SELLOS:

El instrumento que aprueba la escisión, debe contener la determinación del impuesto de sellos y el comprobante de pago en el caso que corresponda.

CERTIFICACION DE FOTOCOPIAS DE ACTAS

POR ESCRIBANO PÚBLICO: en el instrumento debe constar que la transcripción ó fotocopia es fiel al contenido original obrante en los libros sociales, identificando específicamente éstos e indicando sus datos de rubricación y los folios de los cuales se han extraído las transcripciones ó fotocopias (Art. 14 inc. 2 de la Reglamentación de la Ley 2631).

POR AUTORIDAD REGISTRAL: se adjuntarán los libros correspondientes a las transcripciones ó fotocopias acompañadas y se acreditará el pago de la tasa retributiva que determina la Ley Impositiva vigente.

Los libros que durante el trámite hayan sido adjuntados a efectos de la certificación de fotocopias, se mantendrán a disposición del interesado para su retiro por Mesa de Entradas hasta el Archivo de las actuaciones, momento en el cual serán remitidos al Archivo General de Expedientes. (Art. 66 Reglamentación de la Ley de Creación de la D.G.R.P.C. Nro. 2631).

LEGALIZACIONES

Los instrumentos que contengan intervención de escribanos de otra Provincia, deben encontrarse legalizados ante el Colegio respectivo.

CERTIFICACION DE FIRMAS ANTE AUTORIDAD REGISTRAL

Tratándose de instrumentos privados y una vez admitido el trámite (Art. 29 Reglamentación Ley 2631) las personas cuyas firmas deban encontrarse certificadas, deberán presentarse en la Dirección General del Registro Público de Comercio, en días y horas hábiles (horario de invierno: 08 a 13hs – horario de verano: 07 a 12hs), con documento de identidad, previa acreditación del pago de la tasa retributiva correspondiente.

C)  TASAS RETRIBUTIVAS: El importe de las tasas será el determinado por la Ley Impositiva vigente.

La confección del comprobante de tasa retributiva debe realizarse mediante el servicio de emisión de tasas de la página web del Poder Judicial (Registro Público de Comercio) completando los datos allí solicitados y se abona en cualquier sucursal de Banco de la Provincia de Neuquen.

Deberá acreditar el pago de las siguientes tasas:

*  Para el trámite de inscripción.

Trámite urgente: el costo del trámite es el doble del importe fijado para trámite ordinario.

* Para certificación de firmas (en caso de solicitar la certificación de firmas ante el organismo registral).

* Para certificación de fotocopias (en caso de requerir la certificación de la documentación adjuntada en fotocopia simple).

 

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Concurso Auxiliares Administrativos - Neuquén Capital

Información importante ingresantes: documentación

La Dirección de Gestión Humana informa a los postulantes que se encuentran participando en el Proceso de Selección de Auxiliares Administrativos para Neuquén Capital que:

Desde el Lunes 18 hasta el Jueves 21 de Julio de 2016, deben presentar la Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos formales que los habiliten, previa finalización del proceso de formación en la Escuela de Capacitación, a rendir la Instancia Final.

Para ello, deben traer:

·Formulario de Inscripción, debidamente firmado. (El mismo se imprime desde la Web del Registro de Ingresantes, a través de la opción "Imprimir"  de la nota oportunamente completada)

·Fotocopia Certificada del DNI. (En caso de no encontrarse certificada, traer original y copia, para ser certificadas en la Dirección de Gestión Humana)

·Fotocopia Certificada del Título Secundario (legalizado si correspondiera). (En el caso de no encontrarse certificada, traer original y copia, para ser certificadas en la Dirección de Gestión Humana) Tal como se informó al inicio del proceso, la constancia de título en trámite es válida provisoriamente, debiendo contarse con el original como condición excluyente para rendir el examen final.

·Certificado de Reincidencia Penal. (El mismo debe haber sido expedido por el Registro Nacional de Reincidencia durante el transcurso del proceso de Ingreso, también será válida la Constancia del Certificado en Trámite)

Dicha documentación, debe presentarse personalmente o enviando a alguna persona en su nombre, en la Mesa de Entrada de la Dirección de Gestión Humana, ubicada en la calle Alberdi 52, 2do Piso, en el horario de 8 a 14hs.

Se recuerda que las consultas referentes a la Documentación, deben ser dirigidas vía mail a:

ingresostsj@jusneuquen.gov.ar

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