EXPEDIENTES - CONSTANCIA DE EXPEDIENTE EN TRAMITE
La solicitud de constancia de expediente en trámite ante la Dirección General del Registro Público de Comercio debe efectuarse mediante la presentación de:
A) FORMULARIO:
E1 – CONSTANCIA DE EXPEDIENTE EN TRÁMITE
PRESENTANTE: La petición debe efectuarse por: Representante Legal de la sociedad, Escribano autorizante, Apoderado ó Autorizado.
En los últimos dos supuestos, si no surgiera del instrumento que aprueba el acto a inscribir ó del formulario que dio origen al trámite, deberán acreditar la personería con la siguiente documentación:
Apoderado: mediante la presentación del poder en copia certificada por escribano.
Autorizado: mediante la presentación de autorización suscripta por el Representante Legal, en su defecto por el escribano autorizante ó apoderado con facultades para delegar autorizaciones.
EXPEDIENTE: deberá indicar la carátula completa del expediente en trámite, así como su número y año de ingreso en la Dirección General.
B) TASA RETRIBUTIVA:
El importe de las tasas será el determinado por la Ley Impositiva vigente,
La confección del comprobante de tasa retributiva debe realizarse mediante el servicio de emisión de tasas de la página web del Poder Judicial (Registro Público de Comercio) completando los datos allí solicitados y se abona en cualquier sucursal de Banco de la Provincia de Neuquen.
Deberá acreditar el pago de las siguientes tasas:
* Para el trámite de expedición de constancia de expediente en trámite.
Trámite urgente: el costo del trámite es el doble del importe fijado para trámite ordinario.