RUBRICAS - AUTORIZACION PARA LA UTILIZACION DE HOJAS MÓVILES (sistema computarizado)
La petición de autorización para la utilización de hojas móviles (sistema computarizado), debe realizarse por Mesa de Entradas de la Dirección General del Registro Público de Comercio, mediante la presentación de:
A) FORMULARIO:
R2 SOCIEDADES – AGRUPACIONES – Autorización para la utilización de hojas móviles (sistema computarizado)
PRESENTANTE: La petición debe efectuarse por: Representante Legal de la sociedad, Escribano autorizante, Apoderado ó Autorizado expresamente para la tramitación de rúbricas.
En los últimos dos supuestos, si no surgiera de los instrumentos inscriptos, deberán acreditar la personería con la siguiente documentación:
Apoderado: mediante la presentación del poder en copia certificada por escribano.
Autorizado: mediante la presentación de autorización suscripta por el Representante Legal, en su defecto por el escribano autorizante ó apoderado con facultades para delegar autorizaciones.
EXPEDIENTE DE RÚBRICA: Si la sociedad ó agrupación cuenta con expediente de rúbrica formado con anterioridad en la Dirección General del Registro Público de Comercio, en el Recuadro Nro. 2 del formulario deberá hacer mención de su carátula, número y año (esta información deberá obtenerse en Mesa de Entradas del organismo).
Si por el contrario, la sociedad o agrupación no cuenta con expediente de rúbrica iniciado, deberá dejar los campos en blanco.
B) DOCUMENTACIÓN:
1) Dictamen técnico suscripto por Contador Público con firma certificada ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (2 juegos).
2) Descripción del sistema a utilizar y plan de cuentas (2 juegos).
C) LIBRO INVENTARIO Y BALANCES:
A efectos del trámite, el libro Inventario y Balances debe encontrarse rubricado ó solicitarla en forma simultánea mediante la presentación del formulario “R1 Sociedades – Agrupaciones - Autorización para la utilización de hojas móviles (sistema computarizado)” (ir al instructivo).
D) TASAS RETRIBUTIVAS:
El importe de las tasas será el determinado por la Ley Impositiva vigente.
La confección del comprobante de tasa retributiva debe realizarse mediante el servicio de emisión de tasas de la página web del Poder Judicial (Registro Público de Comercio) completando los datos allí solicitados y se abona en cualquier sucursal del Banco de la Provincia del Neuquen.
Deberá acreditar el pago de las siguientes tasas:
* Por el trámite de autorización para la utilización de hojas móviles.
Trámite urgente: el costo del trámite es el doble del importe fijado para trámite ordinario.
* Para certificación de fotocopias (en caso de requerirla ante el organismo registral).