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Inicio Registro Público de Comercio

Tasas Retributivas

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Cómo generar una tasa retributiva


instructivo tasa

instructivo tasa


Tasas Vigentes. ARt. 38 Ley Impositiva N°3035

Publicada Boletin Oficial 06/01/2017


La Legislatura de la Provincia del Neuquén Sanciona con Fuerza de Ley:

LEY IMPOSITIVA

…

TÍTULO VII

TASAS RETRIBUTIVAS DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 38 Por cada acto a inscribir y/o trámite ante la Dirección General del Registro Público de   Comercio, se oblan las siguientes tasas:



a)

Trámite urgente: el importe de la tasa es igual al monto fijado para trámite ordinario, con lo cual el costo total resulta duplicado.




b)

Trámite ordinario:





1)

Sociedad:






a)

Contrato social, sobre el capital establecido, alícuota del treinta por mil ...


30‰




b)

Aumento de capital con o sin modificación del contrato social, alícuota del quince por mil ........................................................................................


15‰




c)

Otras modificaciones del contrato social, por cada modificación, pesos  seiscientos veinte .........................................................................................

$

620




d)

Reconducción, pesos seiscientos veinte .......................................................

$

620




e)

Designación de gerente/s o director/es o miembro/s del Consejo de Vigilancia, pesos trescientos setenta y dos ..................................................

$

372




f)

Renuncia, remoción o revocación de gerente/s o director/es o miembro/s del Consejo de Vigilancia, pesos trescientos setenta y dos ..........................

$

372




g)

Cambio de dirección de la sede social, sin modificación del estatuto, pesos trescientos setenta y dos .....................................................................

$

372




h)

Aprobación de documentación contable por cierre de ejercicio, por cada ejercicio, pesos trescientos setenta y dos .....................................................

$

372




i)

Emisión de obligaciones negociables, pesos trescientos setenta y dos ............

$

372




j)

Emisión de debentures, pesos trescientos setenta y dos ..............................

$

372




k)

Modificación o cancelación de obligaciones negociables o debentures, pesos trescientos setenta y dos .....................................................................

$

372




l)

Texto ordenado de estatuto, por cada instrumento inscripto, pesos mil doscientos cuarenta y dos ............................................................................

$

1242




m)

Otros actos, pesos seiscientos veinte ...........................................................

$

620



2)

Subsanación de sociedades incluidas en la Sección IV del Capítulo I de la Ley nacional 19.550:






a)

Acuerdo de subsanación, pesos trescientos setenta y dos ..................................

$

372




b)

Sobre el capital establecido en el contrato social, alícuota del treinta por mil ..


30‰



3)

Cuotas sociales y parte de interés:






a)

Cesión de cuotas partes, por cada cesión, pesos seiscientos veinte ...................

$

620




b)

Cesión de partes de interés, por cada cesión, pesos seiscientos veinte ...............

$

620




c)

Adjudicación de cuotas, donación de cuotas, adjudicación de hijuelas, constitución y cancelación de usufructo de cuotas, distracto de cesión de cuotas y de capital, pesos seiscientos veinte ................................................

$

620




d)

Constitución, transferencia de prenda, pesos seiscientos veinte ..................

$

620




e)

Donación de nuda propiedad, por cada cesión, pesos seiscientos veinte ...........

$

620



4)

Sucursal:






a)

Apertura, pesos seiscientos veinte ...............................................................

$

620




b)

Cambio de domicilio o de representante, pesos seiscientos veinte ...................

$

620




c)

Otras modificaciones, pesos seiscientos veinte ...........................................

$

620




d)

Cierre, pesos seiscientos veinte ...................................................................

$

620



5)

Cambio de jurisdicción:






a)

Modificación de contrato social por cambio de domicilio a la Provincia del Neuquén, pesos mil doscientos cuarenta ...............................................

$

1240




b)

Cambio de domicilio a otra provincia:







1)

Inicio de trámite, pesos trescientos setenta y cinco .................................

$

375





2)

Cancelación de la inscripción del contrato, pesos mil ...................................

$

1000



6)

Escisión - Fusión - Transformación:






a)

Transformación, pesos mil doscientos cuarenta ..........................................

$

1240




b)

Resolución social de aprobación de escisión, pesos mil ochocientos ...............

$

1800




c)

Cada escisionaria, sobre el capital establecido, alícuota del treinta por mil .....


30‰




d)

Acuerdo de fusión, pesos mil ochocientos ...................................................

$

1800




e)

Por constitución de nueva sociedad, sobre el capital establecido, alícuota del treinta por mil .........................................................................................


30‰



7)

Disolución - Cancelación:






a)

Acta que aprueba la disolución de la sociedad con o sin designación de liquidador, pesos seiscientos veinte .............................................................

$

620




b)

Liquidación y cancelación de la inscripción del contrato social, pesos mil doscientos cuarenta ......................................................................................

$

1240



8)

Contratos asociativos:






a)

Contrato, pesos mil ochocientos ..................................................................

$

1800




b)

Modificación de contrato, pesos mil ochocientos ........................................

$

1800




c)

Cesión de derechos, por cada cesión, pesos mil ochocientos ............................

$

1800




d)

Designación de representante legal, pesos mil ochocientos ...........................

$

1800



9)

Fideicomiso cuyo objeto sean cuotas sociales o partes de interés:






a)

Contrato, pesos seiscientos veinte ...............................................................

$

620




b)

Modificación, pesos seiscientos veinte ........................................................

$

620




c)

Otros actos, pesos seiscientos veinte ...........................................................

$

620



10)

Transferencia de fondo de comercio:






a)

Inscripción, pesos novecientos ....................................................................

$

900



11)

Sociedad constituida en el extranjero:






a)

Artículo 118 LGS: Apertura de sucursal, pesos mil ochocientos ......................

$

1800




b)

Asignación de capital a sucursal, pesos mil ochocientos .............................

$

1800




c)

Artículo 118 LGS: Cambio de domicilio de sucursal, pesos mil ochocientos ..................................................................................................

$

1800




d)

Artículos 118 y 121 LGS: Cambio de encargado-representante, pesos mil ochocientos ..................................................................................................

$

1800




e)

Artículos 118 y 121 LGS: Renuncia de encargado-representante, pesos mil ochocientos ............................................................................................

$

1800




f)

Artículo 123 LGS: Inscripción de sociedad extranjera para constituir o participar en sociedad local, pesos mil ochocientos ....................................

$

1800




g)

Artículo 123 LGS: Reforma de estatutos de la sociedad constituida en el extranjero, pesos mil ochocientos ................................................................

$

1800




h)

Artículo 123 LGS: Cambio de sede social de la sociedad constituida en el extranjero, pesos mil ochocientos ................................................................

$

1800




i)

Artículo 123 LGS: Inscripción de nuevo representante de la sociedad constituida en el extranjero, pesos mil ochocientos .....................................

$

1800




j)

Artículo 123 LGS: Renuncia del representante de la sociedad constituida en el extranjero, pesos mil ochocientos .......................................................

$

1800




k)

Inscripción del cierre voluntario y designación del liquidador de sociedad extranjera, pesos mil ochocientos ................................................................

$

1800




l)

Artículo 124 LGS: Adecuación de sociedad extranjera, pesos mil ochocientos ............................................................................................................

$

1800



12)

Reglamentos de gestión de fondos comunes de inversión, su rescisión o su modificación, pesos trescientos setenta ...........................................................

$

370



13)

Libros:






a)

Rúbrica de libros y hojas móviles hasta doscientos (200) folios, pesos ciento veinticinco .........................................................................................

$

125




b)

Rúbrica de libros y hojas móviles, por hoja excedente, centavos cincuenta

$

0,50




c)

Autorización para cambiar el sistema de contabilización, pesos trescientos setenta ..........................................................................................................

$

370




d)

Toma de razón en libros, pesos ciento veinticinco ......................................

$

125



14)

Trámites en general:






a)

Expedición de informes y constancias:







1)

Constancia de inscripción, tasa mínima —incluye datos de registración y vigencia—, pesos ciento veinticinco ....................................................

$

125






Por cada dato adicional, pesos sesenta y cinco ..................................

$

65





2)

Expedición de informe de homonimia, pesos ciento veinticinco ............

$

125




b)

Expedición de constancia de expediente en trámite, pesos cien ..................

$

100




c)

Vista de documentación inscripta por Mesa de Entradas, pesos veinticinco

$

25




d)

Certificación de fotocopia, por cada hoja, pesos veinte ..............................

$

20




e)

Expedición de segundas copias o siguientes de documentación inscripta, por cada uno, pesos mil doscientos cuarenta ...............................................

$

1240




f)

Anotación de inhibición general de bienes u otra medida cautelar que no tuviera monto determinado, pesos cuatrocientos .........................................

$

400




g)

Anotación de embargo, anotación de litis o inscripción de medidas cautelares que tuvieran monto determinado, sobre el monto cautelado, alícuota del cuatro por mil ...........................................................................

$

4‰





Tasa mínima, pesos cuatrocientos ................................................................

$

400




h)

Levantamiento de medidas cautelares, pesos trescientos cinco ...................

$

305




i)

Otras tomas de razón, pesos cuatrocientos ..................................................

$

400




j)

Certificación de cada firma y de cada ejemplar, pesos ciento treinta ..........

$

130











 

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Comunicados de Prensa

El Jurado de Enjuiciamiento declaró Admisible la apertura del procedimiento

A su vez –por mayoría-  dispuso la suspensión del enjuiciado a partir del alta médica (art. 14 de la Constitución Nacional)


En el día de la fecha se reunió  el Jurado de Enjuiciamiento integrado por los Dres. Evaldo Darío Moya, Ricardo Tomas Kohon, Alfredo Elosu Larumbe, Diputados provinciales Maria Laura Du Plessis y Guillermo Carnaghi y los abogados de la matrícula Carlos Fazzolari y Luis Arellano – éste último sesionó a través del sistema de video conferencia durante las casi 3 horas que duró el análisis de la presentación efectuada por el Dr. Muñoz  y la deliberación.

En lo esencial, el Jurado resolvió  no hacer lugar al planteo  del enjuiciado respecto al pedido de remisión de los antecedentes a la Comisión Especial, toda vez que tal como analiza el Jurado, la actuación de la misma no es vinculante y es una facultad constitucional indelegable del Cuerpo efectuar el análisis de la admisibilidad.

A continuación, resolvió declarar admisible la apertura del procedimiento constitucional y por imperativo legal, indicó los hechos que serán objeto de investigación.

Indica el Jurado que se impone “brindar al enjuiciado la posibilidad de defenderse, brindar explicaciones, acreditar y justificar su accionar.  La posibilidad de producir prueba, y ejercer acabadamente el derecho de defensa, sólo puede darse si se dispone la apertura del presente.”

Con relación a la suspensión, la mayoría del jurado entendio procedente la misma por entender que “lo que ha generado la iniciación del presente proceso, es una conducta que prima facie aparece como impropia de un Magistrado Judicial, y que podría configurar mal desempeño.        Por ese motivo, y hasta tanto se pueda producir la prueba que ha ofrecido el enjuiciado y evaluar las circunstancias que rodearon los hechos ocurridos, lo cierto es que lo que se encuentra en tela de juicio son las idoneidades del Dr. Muñoz para el ejercicio de sus funciones. Tanto las de carácter ético como psicofísicas. Ello, toda vez que el ejercicio de la magistratura exige ineludiblemente la autoridad ética y aptitud psicofísica que deben rodear el ejercicio de la función constitucionalmente encomendada.”

Siguen diciendo que “Por ello, consideran aconsejable el apartamiento preventivo del Dr. Marcelo German Rubén Muñoz de su cargo, por lo que habrá de disponerse la suspensión del Enjuiciado, a partir de su alta médica (art. 14 bis de la Constitución Nacional) en virtud de lo normado por la Ley 2698, con la reducción del 50% de su haber de conformidad a lo que dispone el art. 18 punto 3 inciso B. Para ello, se notificará a la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial de Neuquén”

Los miembros que se manifestaron por la no suspensión, fundaron su posición en que: “no corresponde en esta instancia disponer la suspensión del enjuiciado, toda vez que a partir de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento dada por Ley 2.698, la suspensión del magistrado denunciado a partir de la declaración de apertura del procedimiento no resulta un imperativo legal y la fijación de dicha medida podría conllevar a que resulte mucho más gravosa la medida de cautela provisoria que la sanción punitiva misma, convirtiéndola en un virtual adelantamiento de pena, máxime considerando que por el decurso propio del procedimiento constitucional que nos ocupa no se ha formulado aún acusación, criterio que por lo demás ha sido explicitado en los autos “G.B.R. SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO”  (Expte.N° 34-J.E.)”

Por último, uno de los miembros, entendió que no era ésta la oportunidad para expedirse, en virtud de encontrarse de licencia el enjuiciado.

Se dispusieron las notificaciones de rigor y lo que sigue es que inicia  el plazo previsto en la Ley 2698, para que el Sr. Fiscal del Jurado de Enjuiciamiento formule la acusación y ofrezca la prueba.

Acuerdo N° 276



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