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Lunes, 11 de Marzo de 2013 13:50
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EXPTE. N° 35 - J.C.

Miembros Comisión Especial (Ley 2698):

  • Dr. Evaldo Moya (Presidente)
  • Diputado Sergio Galia
  • Dr. José Martín y Herrera


08 y 11 de marzo 2013

En el día de hoy se reunió la Comisión Especial en autos: "J.C. S/ Jurado de Enjuiciamiento" Expte. N° 35/12. La misma está presidida por el Dr. Evaldo Moya e integrada por los Dres. Sergio Gallia y José Martín y Herrera.

En la oportunidad, los miembros de la Comisión escucharon el descargo verbal efectuado por el magistrado. Ello en virtud de que el pasado 8 de marzo, mediante Acta Nº 37, se dispuso tener por constituida la Comisión, avocarse al conocimiento del expediente en trámite y fijar el día de hoy como fecha para la recepción de las explicaciones verbales o escritas por parte del magistrado.

Por Acta Nº 38, se incorporó el descargo verbal y se fijó como fecha para la próxima reunión el día 25 de marzo del año en curso.

29 de octubre de 2013

Por Acuerdo N° 274 se resolvió declarar inadmisible la denuncia presentada contra el Juez J.C.

 

 

 

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Comunicados de Prensa

Suspensión del Cómputo de los Plazos Procesales

El Tribunal Superior de Justicia, definió el alcance de la medida


Con motivo de la próxima suspensión del cómputo de los plazos procesales para todos los organismos Judiciales de la Provincia del Neuquén - con motivo de la realización de las “I JORNADAS PROVINCIALES DE LA MAGISTRATURA Y LA FUNCIÓN JUDICIAL”- dispuesto por Acuerdo N° 5443, punto 11, se ha generado una diferencia en la interpretación del alcance de tal disposición.

Para esa oportunidad, el Cuerpo dispuso la Suspensión del Cómputo de los plazos procesales, ello implica –y así se aclara-, que la actividad de los organismos es normal. Es decir, que si alguna de las partes (letrados patrocinantes o apoderados, Fiscales y Defensores tanto oficiales como particulares) tienen algún plazo cuyo vencimiento se produce durante esos días, tal vencimiento no operará, dado que durante los días 15 y 16 (ya que el 17 ha sido decretado feriado), el cómputo de los plazos se encuentra suspendido y se retomará el día 21 de junio. Ahora bien, si el letrado presenta un escrito con o sin vencimiento, éste debe ser recibido por el órgano judicial en la forma habitual. Del mismo modo, si la audiencia puede llevarse a cabo por que las partes se encuentran presentes, será válida.

Así lo definió mediante Acuerdo N° 5496 Punto 13.

Para el caso que durante dicho período, dado que los organismos continuarán trabajando, se recibieran notificaciones en la casilla de notificación electrónica, el acto de la notificación será válido. Ahora bien, el cómputo del plazo, comenzará el primer día hábil siguiente (en este caso el día martes 21 de junio del año en curso).

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