Tema: Nueva modalidad para utilización del servicio de telefonía fija. reprogramación centrales telefónicas
La Administración General del Poder Judicial hace saber a Magistrados, Funcionarios y Empleados que utilizan el servicio de telefonía fija que en función de lo dispuesto por Acuerdo Nº 4396 Pto. XV, se ha comenzado con la reprogramación de las centrales telefónicas existentes en los distintos Edificios Judiciales.
La misma consiste en otorgar diferentes posibilidades de comunicación de acuerdo con la responsabilidad funcional del usuario de la línea interna, según el siguiente detalle:
- Servicio de RPV (Red Privada Virtual), Llamadas interurbanas y urbanas, celulares, Discado Directo Nacional: a Magistrados y Funcionarios comprendidos entre MF1 y MF4.
- Servicio de RPV, Llamadas urbanas e interurbanas, y celulares: a Funcionarios comprendidos entre MF5, MF6, AJ1 a 5 y Jueces de Paz.
- Servicio de RPV y Llamadas urbanas: a Funcionarios MF7 y MF8.
- Servicio de RPV: al personal administrativo.
Se aclara que el acceso al que se refiere el presente punto, es respecto a la ‘salida’ del aparato telefónico que tenga asignado el usuario, por lo que en todos los organismos existirá la posibilidad de realizar todo tipo de comunicación.
Tal como se menciona en los considerandos del Acuerdo, lo que se intenta lograr, es que exista un mayor control por parte de los Magistrados y Funcionarios en relación al consumo telefónico.
ADMINISTRACIÓN GENERAL, 13 de Noviembre de 2009