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Poder Judicial de Neuquén.
Miércoles, 02 de Noviembre de 2016 09:20
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Las presentaciones ante el Tribunal de Impugnación se realizan en Irigoyen 175

La Dirección de Asistencia a Impugnación informa que, atento al principio de incendio ocurrido en el Tribunal de Impugnación el pasado lunes, las presentaciones que deban realizarse ante dicho organismo deberán entregarse en Irigoyen 175, sede de la Ofiju Penal de Neuquén.

 
Martes, 01 de Noviembre de 2016 16:12
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El Jurado de Enjuiciamiento declaró Admisible la apertura del procedimiento

A su vez –por mayoría-  dispuso la suspensión del enjuiciado a partir del alta médica (art. 14 de la Constitución Nacional)


En el día de la fecha se reunió  el Jurado de Enjuiciamiento integrado por los Dres. Evaldo Darío Moya, Ricardo Tomas Kohon, Alfredo Elosu Larumbe, Diputados provinciales Maria Laura Du Plessis y Guillermo Carnaghi y los abogados de la matrícula Carlos Fazzolari y Luis Arellano – éste último sesionó a través del sistema de video conferencia durante las casi 3 horas que duró el análisis de la presentación efectuada por el Dr. Muñoz  y la deliberación.

En lo esencial, el Jurado resolvió  no hacer lugar al planteo  del enjuiciado respecto al pedido de remisión de los antecedentes a la Comisión Especial, toda vez que tal como analiza el Jurado, la actuación de la misma no es vinculante y es una facultad constitucional indelegable del Cuerpo efectuar el análisis de la admisibilidad.

A continuación, resolvió declarar admisible la apertura del procedimiento constitucional y por imperativo legal, indicó los hechos que serán objeto de investigación.

Indica el Jurado que se impone “brindar al enjuiciado la posibilidad de defenderse, brindar explicaciones, acreditar y justificar su accionar.  La posibilidad de producir prueba, y ejercer acabadamente el derecho de defensa, sólo puede darse si se dispone la apertura del presente.”

Con relación a la suspensión, la mayoría del jurado entendio procedente la misma por entender que “lo que ha generado la iniciación del presente proceso, es una conducta que prima facie aparece como impropia de un Magistrado Judicial, y que podría configurar mal desempeño.        Por ese motivo, y hasta tanto se pueda producir la prueba que ha ofrecido el enjuiciado y evaluar las circunstancias que rodearon los hechos ocurridos, lo cierto es que lo que se encuentra en tela de juicio son las idoneidades del Dr. Muñoz para el ejercicio de sus funciones. Tanto las de carácter ético como psicofísicas. Ello, toda vez que el ejercicio de la magistratura exige ineludiblemente la autoridad ética y aptitud psicofísica que deben rodear el ejercicio de la función constitucionalmente encomendada.”

Siguen diciendo que “Por ello, consideran aconsejable el apartamiento preventivo del Dr. Marcelo German Rubén Muñoz de su cargo, por lo que habrá de disponerse la suspensión del Enjuiciado, a partir de su alta médica (art. 14 bis de la Constitución Nacional) en virtud de lo normado por la Ley 2698, con la reducción del 50% de su haber de conformidad a lo que dispone el art. 18 punto 3 inciso B. Para ello, se notificará a la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial de Neuquén”

Los miembros que se manifestaron por la no suspensión, fundaron su posición en que: “no corresponde en esta instancia disponer la suspensión del enjuiciado, toda vez que a partir de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento dada por Ley 2.698, la suspensión del magistrado denunciado a partir de la declaración de apertura del procedimiento no resulta un imperativo legal y la fijación de dicha medida podría conllevar a que resulte mucho más gravosa la medida de cautela provisoria que la sanción punitiva misma, convirtiéndola en un virtual adelantamiento de pena, máxime considerando que por el decurso propio del procedimiento constitucional que nos ocupa no se ha formulado aún acusación, criterio que por lo demás ha sido explicitado en los autos “G.B.R. SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO”  (Expte.N° 34-J.E.)”

Por último, uno de los miembros, entendió que no era ésta la oportunidad para expedirse, en virtud de encontrarse de licencia el enjuiciado.

Se dispusieron las notificaciones de rigor y lo que sigue es que inicia  el plazo previsto en la Ley 2698, para que el Sr. Fiscal del Jurado de Enjuiciamiento formule la acusación y ofrezca la prueba.

Acuerdo N° 276



 
Martes, 01 de Noviembre de 2016 10:34
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Audiencia Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia


 
Lunes, 31 de Octubre de 2016 13:39
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El TSJ envió el proyecto de Ley de Presupuesto del Poder Judicial

Serán 2.337.349.541 pesos para el 2017

El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia aprobó el pasado miércoles 26 de octubre, por Acuerdo N° 5555,  el Proyecto de Presupuesto 2017 y lo remitió en el día de hoy a la Legislatura Provincial, conforme lo establece el art. 240 inc. d) de la Constitución Provincial.

El proyecto fijó en 2.337.349.541 el presupuesto de gastos del Poder Judicial.

Los gastos en “Personal” – que representan el 91 por ciento de los gastos corrientes – ascienden a  $2.043.349.541. Esta suma contempla los cargos de planta ocupados más el crecimiento vegetativo y la cobertura de las vacantes que demandará la puesta en funcionamiento de los Juzgados de Primera Instancia en lo Procesal Administrativo en la I Circunscripción, el fuero penal en Rincón de los Sauces, los Juzgados de Paz N° 3 y 4 de la ciudad de Neuquén y el servicio de Mediación Familiar en las circunscripciones del interior.

Respecto de los “Bienes de Consumo”, el proyecto prevé una suma de $19.000.000 destinados a los insumos para las distintas dependencias mientras que para el rubro “Servicios” se estima una erogación de $200.000.000, que contempla las necesidades básicas de los organismos judiciales más los posibles incrementos de las tarifas de los servicios públicos, de limpieza y locación de inmuebles.

Para “Construcción y mejoramiento de edificios judiciales” se prevé una erogación de $35.000.000 destinados a la finalización del edificio “Tribunales de Neuquén”, el inicio de la construcción de la primera etapa del “Edificio Judicial de Zapala” y el reacondicionamiento de otros inmuebles.

Finalmente, para los “Bienes de uso” se estimaron erogaciones por  $40.000.000. Esta suma contempla la incorporación de tecnología (instalación de nuevos servidores, adquisición de dispositivos de almacenamiento, actualización de software, adquisición de equipos, etc) y la compra de vehículos para al parque automotor del Tribunal Superior de Justicia y mobiliario destinado a los nuevos organismos.

 
Lunes, 31 de Octubre de 2016 22:54
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Asueto Administrativo - 1 de noviembre de 2016

Organismos que funcionan en Antártida Argentina N° 338 y 352 de Neuquén Capital


La Secretaría de Superintendencia informa que en virtud del principio de incendio producido en el Edificio Judicial Sito en Calle Antártida Argentina N° 338 y 352 de ésta Ciudad Capital, la presidencia del Tribunal Superior de Justicia ha dispuesto Asueto Administrativo  para los organismos que allí funcionan. 

Se hace saber, que una vez que finalicen las tareas de investigación y se encuentren dadas las condiciones de Seguridad e Higiene para el personal que allí se desempeña, se reiniciarán las actividades normales. 

Se deja constancia que la disposición adoptada por la Presidencia del cuerpo,  se realiza sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen o sus titulares autoricen. 

Asimismo, se evaluará durante el transcurso de la jornada de mañana 1 de noviembre, como continuará la actividad de las dependencias que funcionan en los edificios aludidos. 


 
Viernes, 28 de Octubre de 2016 10:58
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Durante la semana del 18 al 22 de julio-, se estan realizando las tareas de traslado de los mismos. 

Telefonos informados por la división Mantenimiento


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