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Poder Judicial de Neuquén.
Lunes, 10 de Marzo de 2014 13:24
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Nuevo rechazo a un recurso de la ex jueza de Chos Malal

La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia desestimó el recurso extraordinario federal que interpuso la Dra. Graciela Rossi en contra de la resolución del Jurado de Enjuiciamiento que la separó del cargo.

El TSJ rechazó el recurso extraordinario federal presentado por el defensor particular de la Dra. Graciela Rossi en contra del acuerdo de la Sala Penal de este cuerpo, que el 10 de diciembre pasado confirmó la sentencia del Jurado de Enjuiciamiento que la removió de su cargo como jueza de Chos Malal.

Integrada por los conjueces Dr. Pablo Furlotti y Dr. Roberto Rodríguez Bello, la sala analizó en la resolución interlocutoria 41, con fecha del 7 de marzo de este año,  los aspectos formales y sustanciales del recurso. Según indicaron los conjueces, el planteo fue presentado de manera correcta, pero ya en el análisis de fondo, lo rechazaron por no cubrir los requisitos que exigen la legislación provincial y federal, además de la jurisprudencia de la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación -a la que la Dra Rossi intenta llegar mediante el recurso- en distintos fallos que forman parte de la resolución.

Uno de los argumentos del defensor particular consistió en que durante el Jurado de Enjuiciamiento no se habrían probado las causales del mal desempeño atribuido a la Dra. Rossi y que, por el contrario, se habría probado su buen desempeño al frente del juzgado. Sobre esto, la Sala Penal consideró que se intentó "ceñir las hipótesis de remoción en el cargo a la causal de mal desempeño, prescindiendo de toda consideración a la mala conducta".

Los conjueces respaldaron su postura en la Constitución Nacional, que garantiza la inamovilidad de los magistrados "mientras dure su buena conducta" y en la legislación provincial, que exige a los mismos "una conducta irreprochable". También tomaron argumentos de la Corte Suprema de la Nación, que en distintos fallos ha determinado que para separar a un magistrado no se exige demostrar una conducta criminal, sino que sería suficiente demostrar que se trata de un "mal juez".

Por otro lado, se indicó que "la parte recurrente ha omitido acreditar una grosera violación de las garantías supremas que fundan el orden jurídico", que según indica la Corte Suprema, "se presentaría cuando se verifica 'en forma nítida, inequívoca y concluyente, con flagrancia, un grave menoscabo a las reglas del debido proceso y a la garantía de defensa en juicio".

Tras el rechazo del recurso por parte de la sala penal del TSJ, la ex jueza aún puede acudir en queja al Máximo Tribunal Federal.

 

Aquí, la resolución completa.

 
Viernes, 07 de Marzo de 2014 11:24
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El valor de la teoría del caso en el control de la acusación

En el artículo que adjuntamos, la magistrada Carina Álvarez -integrante del Colegio de Jueces de la II Circunscripción Judicial- plantea una pregunta fundamental respecto del funcionamiento del sistema de audiencias a partir de la implementación del Código Procesal Penal: ¿Qué es, cómo se debe fundamentar y para qué sirve, a los fines del proceso, la llamada “teoría del caso”?

Tras la experiencia de las primeras semanas de vigencia del sistema, afirma que, para sostener su “teoría”, la fiscalía y la querella “no deben limitarse” a “describir las circunstancias de tiempo, lugar y modo”, calificar el hecho investigado “conforme la ley sustantiva” u ofrecer prueba enunciando la misma. En ese sentido, asegura: “Deben determinar cuáles son las probanzas que en definitiva llevarán a acreditar todas aquellas circunstancias y consecuentemente la responsabilidad penal del encausado”.

Luego propone un camino en el que detalla los alcances de ese mandato -como por ejemplo el valor que esto implica para la defensa, que sólo podrá ejercer su función a partir de conocer la teoría que debe refutar- y presenta ejemplos concretos.

En términos técnicos, el artículo planteado por la magistrada Álvarez recorre los mandatos del artículo 168 del nuevo Código Procesal Penal, que es el que da el marco a una de las audiencias estructurales del juicio: la de control de acusación.

Hacer click aquí para acceder al artículo completo.

Otros aportes académicos de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la provincia respecto del funcionamiento del sistema que entró en vigencia el 14 de enero:

 

  • La Reforma Procesal Penal de Neuquén: Algunas cuestiones para ir pensando, por Alfredo Elosú Larumbe (Juez del Tribunal de Impugnación)
  • La estrategia de centrarnos en el juicio, por Ana Malvido (Jueza de garantías)
  • Recursos contra la prisión sin condena en el Código Procesal de Neuquén, por Gustavo Vitale (Defensor)
 
Miércoles, 05 de Marzo de 2014 21:41
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Las comunicaciones de Registros Civiles al Poder Judicial serán en formato electrónico

Una vez que se firme el convenio correspondiente, el Poder Judicial adoptará el sistema de registro en formato digital para la documentación relacionada con los registros civiles de la provincia. Así lo determinó el Tribunal Superior de Justicia mediante el último acuerdo del cuerpo (Nº5114), mediante el cual se decidió avanzar en la modernización de las comunicaciones con esos organismos y capacitar al personal que estará afectado a la tarea.

La resolución se adoptó a partir de lo informado por el Director General del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia, Dr. Carlos Willhuber, en referencia a la Plataforma Digital de Actas.

Este sistema consiste en un aplicativo desarrollado por el Ministerio del Interior y Transporte por el que se posibilita la transferencia de información de las personas identificadas en formato digital. Según se informó, se trata de un canal de comunicaciones seguro, que es considerado “fuente auténtica” y que cuenta con el respaldo del la firma digital del Dr. Willhuber (registrada por el Ministerio del Interior ante la Oficina Nacional de Tecnología de la Información)

En el caso del Poder Judicial de la Provincia, la adopción de este sistema implicará aceptar como válida la “recepción por los organismos dependientes de él respecto a la documentación enviada por el Registro en formato digital con firma digital en reemplazo del soporte papel”.

 
Miércoles, 26 de Febrero de 2014 14:16
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Las Oficinas Judiciales notifican a integrantes de jurados populares

Desde el lunes, todas las circunscripciones enviaron, a través de correo postal, un total de 1.344 notificaciones; una por cada ciudadano seleccionado a través del sorteo público realizado el 19 de diciembre para formar parte de los tribunales de jurados.

En el sobre encontrarán un texto explicativo y un formulario que, a modo de declaración jurada, deberán completar y responder para concluir el proceso del que surgirán los integrantes de todos los Jurados Populares que actuarán en juicio en 2014. Para hacerlo, los ciudadanos podrán enviar -sin cargo- la planilla a través del sistema de correos tradicional u optar por la vía electrónica.

Con el objetivo de brindar información sobre el nuevo sistema y, en situaciones concretas, verificar las eventualidades que pudieran surgir una vez en marcha el nuevo Código Procesal Penal, a finales del año pasado se realizaron ocho simulacros públicos de Juicio por Jurados. Con al menos una experiencia por cada circunscripción judicial, contaron con una amplia respuesta de cada comunidad y se llevaron a cabo con la colaboración de magistrados, funcionarios, empleados judiciales y ciudadanos que se inscribieron para participar como integrantes de los jurados.

Con el envío de las notificaciones a las personas que, en base al padrón electoral de la provincia, fueron sorteadas en diciembre pasado, se podrá conformar los jurados reales para el desarrollo de los juicios.

Leer más...
 
Miércoles, 05 de Marzo de 2014 12:09
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Convenio entre el TSJ y el RENAR

Mediante el acuerdo Nº5114, el Tribunal Superior de Justicia en pleno facultó al presidente del cuerpo, Dr. Oscar Massei, a firmar un convenio de colaboración mutua con el Registro Nacional de Armas (RENAR) para avanzar en la gestión  electrónica de las comunicaciones judiciales relacionadas con las temáticas que ocupan al organismo nacional y en la consecuente capacitación al personal judicial que será necesario implementar.

El objetivo principal del convenio será la contestación de oficios vía Internet mediante el enlace “RENAR–consultas judiciales” por parte de los tribunales de este Poder Judicial. El organismo nacional se ocupará de la capacitación referida al “nomenclador técnico del RENAR” referido a explosivos y armas de fuego.

El convenio marco también plantea la asistencia y cooperación mutua en materia de asesoramiento, capacitación, promoción y perfeccionamiento del personal judicial en materia de legislación específica que se aplica en el ámbito del Registro Nacional de Armas. También prevé la aplicación sistemática de los procedimientos que exige la Ley 25.938, a la que la Provincia adhirió (ley 2576), para la manipulación y gestión de armas secuestradas o incautadas.

 
Miércoles, 26 de Febrero de 2014 11:51
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Inscripción al Registro Único de Adopción

Por disposición N°27 del 24 de febrero de este año, el Registro Único de Adopción (RUA) oficializó el llamado a inscripción de aspirantes, en los términos del art. 15 de la ley 2561/07, para el próximo mes de abril.

Se hace saber a los interesados con residencia en la provincia de Neuquén que la inscripción correspondiente se abrirá entre los días 1 y 10 de abril y que la información sobre el cronograma, modalidad, teléfono de consulta y lugar de entrega de la documentación se encuentra disponible en el apartado específico del RUA dentro de la página oficial www.jusneuquen.gov.ar. Para acceder directamente, hacer click aquí.

 


 
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